República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Mene de Mauroa; 13 de Enero de 2012
Años: 201° y 152°
Expediente No. 498-11
Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD
Solicitante: LARRY BERNARDINO TRICASSE GOMEZ
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por el ciudadano LARRY BERNARDINO TRICASSE GOMEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad personal N° V-7.471.128; domiciliado en Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MIGDALIA CONCEPCIÓN HERNANDEZ URDANETA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N°. V-4.646.199; e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 55.396; de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Supletorio de Propiedad a su favor, sobre una vivienda familiar, con paredes de bloques y de madera, techo de abesto y platabanda, piso de madera y de granito, estructurada en dos (02) niveles: El primer nivel compuesto de; cuatro (04) cuartos, una (01) sala de star y comedor, una (01) cocina revestida con mesones de cerámica, cuatro (04) baños revestidos en cerámica, una (01) terraza amplia, un (01) garaje. El segundo nivel compuesto de; Cuatro (04) cuartos, dos baños revestidos en cerámica, una (01) sala comedor; con un área de construcción de aproximadamente DOSCIENTOS NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS (291 Mtrs2), construida sobre una parcela de terreno ejido Municipal cuyas medidas son: DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (2.684 Mts2), ubicada en el sector La Compañía, parroquia Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Propiedad de Leo Tricasse; SUR: Posada Mary Inés; ESTE: Calle Principal y OESTE: Camino. Visto igualmente las resultas del oficio N°0002 de fecha once (11) de enero de Dos Mil doce (2012), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vistas así mismo las declaraciones de las testigos ciudadanas LUISA CHIQUINQUIRA GOMEZ PRADO y ELVA ROSA GUTIERREZ DE CHIRINO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V- 7.474.578 y -V-2.824.445 respectivamente, domiciliadas en esta población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud; Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de Conformidad con lo Previsto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Mientras no Haya Oposición en Contrario y Dejando a Salvo los Derechos que Puedan Corresponder a Terceros, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara Bastante y Suficiente dichas actuaciones, para Asegurarle su Derecho de Propiedad sobre la Referida Vivienda, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de doscientos ochenta mil bolívares (Bs.280. 000,00), los cuales fueron cancelados por el ciudadano LARRY BERNARDINO TRICASSE GOMEZ,, identificado anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al solicitante LARRY BERNARDINO TRICASSE GOMEZ, Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los trece (13) días del mes de enero de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza provisoria,
Abg. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
En la misma fecha de hoy, 13/01/2012, siendo las 9:00 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.316 -12. Conste.-
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
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