En el día de Despacho de hoy, dieciséis (16) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las 9:00 a.m., oportunidad legal fijada y a señalamiento de la Abogada Gabriela López, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.279, actuando en su propio nombre y representación, en contra de la ciudadana MO YING LING, en el juicio por Intimación de Honorarios Profesionales, se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en la sede donde funciona el Banco Occidental de Descuento Banco Universal, ubicada en la Avenida Jacinto Lara, entre calles , esquina Avenida Pumarrosa, de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, con el objeto de proceder a la practica de la Medida Ejecutiva de Embargo a que se contrae la presente comisión emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Seguidamente, el Tribunal Ejecutor notifico de su misión a la ciudadana Berenice Prieto Fajardo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 17.309.150, en su condición de Subgerente de Venta encargada de esta institución bancaria. Es Todo. En este estado, interviene la Abogada actora, antes identificada, y expone: Solicito al Tribunal inste a la notificada a informar si la demandada es titular de la cuneta signada con el Nro. 0116-0175-850007229445 de este banco y cuanto o si cubre el monto señalado para embargar la cantidad exigida; la cual señalo en este acto para embargar tl cantidad. Es todo. En este estado, interviene la notificada y expone: La cuenta señalada para embargar si es de la demandada MO YING LING , y si cubre el monto a embargar, es decir, la cantidad de Bs. 45.913,80. Es todo. En este estado, el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procede con la ejecución ordenada, por lo que administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara embargada ejecutivamente la cantidad de cuarenta y cinco mil novecientos trece con ochenta céntimos (Bs. 45.913,80), que posee la ciudadana MO YING LING, extranjera, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. E-82.246.085, quien es la demandada en la causa origen de esta comisión, en la cuenta signada con el Nro. 0116-0175-850007229445 de esta entidad bancaria; para lo cual se designa como Depositario Judicial al Banco Bicentenario, y se insta a la notificada a emitir un cheque de gerencia a nombre del Tribunal de la causa. Es todo. En este estado, interviene la notificada y expone: Consigno cheque de gerencia signado con el Nro. 04274026, de esta misma fecha, por la cantidad de Bs. 45.913,80, a favor del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, girado contra esta entidad bancaria. Es todo. En este estado, el Tribunal Ejecutor, visto el cheque consignado por la notificada, acuerda agregarlo a las presentes actuaciones, devolver la comisión debidamente cumplida al juzgado comitente, expedir copia certificada de la presente acta junto al despacho de comisión que encabeza las presentes actuaciones, y su reconstitución a su sede natural, siendo las 10:00 a.m. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.