REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 13 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2010-000284
ASUNTO : IP01-D-2010-000284
El día Jueves 12 de Enero de 2012, oportunidad fijada por este Tribunal de Ejecución Sección Adolescente, a los fines de imponer la sanción al adolescente ELIANY JULIETH BRITO TORRES, venezolana, soltera, estudiante, teléfonos 0414-969-1624 y 0416-268-6967, domiciliada en el barrio Zumurucuare, avenida principal con calle Páez, a dos casas de la esquina, diagonal al Mercal de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, titular de la cédula de identidad N° 23.264.988, a quien el Ministerio Público solicitó la sanción de UN (1) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA Y UN (1) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto cometió el delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del Estado venezolano; se procedió a imponer de la sanción que le fue impuesta por el Tribunal Primero de Control en fecha 27-09-11, teniendo como fecha de inicio 12-01-12 y como fecha de culminación 12-01-13, fue sancionada, previa admisión de hechos, a cumplir con la medida de UN (1) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La adolescente ELIANY JULIETH BRITO TORRES, y por cuanto la adolescente debe conocer el Cómputo definitivo de la sanción a cumplir de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente en consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone a la Adolescente ELIANY JULIETH BRITO TORRES, venezolana, soltera, estudiante, teléfonos 0414-969-1624 y 0416-268-6967, domiciliada en el barrio Zumurucuare, avenida principal con calle Páez, a dos casas de la esquina, diagonal al Mercal de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, titular de la cédula de identidad N° 23.264.988, la sanción de Reglas de Conductas las cuales consisten en: PRIMERO: No verse involucrado en otro hecho directivo, SEGUNDO: consignar Constancia de Inscripción de Estudios TERCERO: No permanecer a altas horas de la noche en la calle; manifestando la adolescente conocer la sanción impuesta
ABG. NIRVIA GOMEZ GONZALEZ
LA JUEZA DE EJECUCIÓN SECCION ADOLESCENTE
ABG. NILDA CUERVO
LA Secretaria
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