REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 27 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: IP01-D-2008-000178
ASUNTO: IP01-D-2008-000178
En el día de hoy, viernes 27 de enero de 2012, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia oral de imposición de sanción al adolescente PAUL JOSÉ LÓPEZ CONTRERAS, quien fue sancionado en fecha 13/6/2011 al cumplimiento de UN (01) AÑO Y CINCO (05) MESES DE PRIVACION DE LIBERTAD Y UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto en el artículo 43 de LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de las Ciudadanas: CLEDY RAMIREZ SANCHEZ Y LISBETH RAMIREZ. la ciudadana Jueza, procede a imponer la sanción impuesta al precitado adolescente por el Tribunal Segundo de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente en fecha 13 de junio de 2011, oportunidad en la cual, previa admisión de hechos, fue sancionado a UN (01) AÑO Y CINCO (05) MESES DE PRIVACION DE LIBERTAD Y UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con el artículo 620 literales "D" y "F", concatenados con los artículos 626 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto en el artículo 43 de LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, en perjuicio de las Ciudadanas: CLEDY RAMIREZ SANCHEZ Y LISBETH RAMIREZ, y por cuanto el adolescente sancionado debe conocer el Cómputo definitivo de la sanción da cumplir de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente en consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Adolescente PAUL JOSÉ LÓPEZ CONTRERAS, venezolano, edad 18 años, cédula de identidad número V-24704593, nacido el 10/12/93, de oficio ordeñador, domiciliado en la población sector El Kilombo, al lado de la “Y” que sale de la carretera Morón Coro, vía Chichiriviche, Sanare, Estado Falcón, hijo de Ana Esther López Contreras y Paúl Ramón Sánchez, quien es imputado por la presunta comisión del Delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto en el artículo 43 de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de las ciudadanas CLEDY RAMIREZ SANCHEZ Y LISBETH RAMIREZ, del cómputo, según el cual el adolescente se encuentra detenido desde el 23 de noviembre de 2010, por lo que le falta por cumplir 2 meses y 26 días de medida privativa de libertad y 4 meses de libertad asistida, culminando la medida de privativa de libertad en fecha 23/4/2012, iniciando luego la medida de libertad asistida, para una fecha de culminación de la sanción el día 23 de agosto de 2012. se le notificó al joven adulto Paúl López Contreras de su derecho a ser trasladado a la Comunidad Penitenciaria de Coro en virtud de ser mayor de edad, manifestando el precitado sancionado en este acto: “ No deseo ser recluido en la Comunidad Penitenciaria de Coro, por cuanto la Dra. Lucy Fernández me manifestó que podía continuar en la comandancia de la Policía del Estado Falcón”. Se acuerda solicitar el informe Conductual a la Comandancia de la Policía de Coro y oficiar a la Trabajadora Social adscrita al sistema de Responsabilidad Penal Adolescente. Cúmplase

ABG. NIRVIA GÓMEZ

JUEZA DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTES


La Secretaria
Abg. Carysbel Barriento