REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 17/01/2012 se le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 03 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión, recibido mediante Oficio Nº 017-2012, de fecha 13/01/2012, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 05-2012, llevado por ese Juzgado, formulada por el ciudadano DIONISIO ANDRES YSEA, asistido por el Abg. ALEXANDER JOSE LOYO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.550 y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud, para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 23/01/2011 se provee diligencia de fecha 23/01/2012, y pedimento contenido, suscrita por el ciudadano DIONISIO ANDRES YSEA, debidamente asistido por el Abg. ALEXANDER LOYO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 61.550, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar la Inspección Judicial a que se contrae el presente Despacho, fijándose para ello el día de 01/02/2012 a las 09:00 .
En fecha 24/01/2012 se provee diligencia de fecha 24/01/2012, constante de un (01) folio útil, suscrita por el ciudadano DIONISIO ANDRES YSEA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.298.108, asistido por el Abg. ALEXANDER JOSE LOYO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.550, quien con el carácter de demandante en la presente causa, confiere Poder Apud-Acta, especial, amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere al Abg. ALEXANDER J. LOYO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.550. Agréguese a los autos.
En consecuencia, este Tribunal tiene como parte en el presente Juicio al profesional del derecho ALEXANDER J. LOYO, ya identificado.
En fecha 02/02/2012 se dicta auto mediante el cual por cuanto para el día 01/02/2012, estaba fijada la práctica de la Inspección Judicial que consta en autos, pero este Tribunal Ejecutor de Medidas no dio despacho, en virtud de que a la Jueza Ejecutora de este Tribunal le fue conferido permiso por parte de la Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, para ausentarse de sus labores a los fines de asistir a la Apertura del Año Judicial 2012, a llevarse a cabo en la ciudad de Caracas; en consecuencia, este Juzgado a fin de darle cabal cumplimiento al Decreto conferido a este Ejecutor, fija nueva oportunidad y, ordena su traslado y constitución en el lugar que señala la parte interesada, fijándose para ello el día 02-02-2012, a las 9:00 a.m.
En fecha 02/02/2012 se traslada y constituye,este Tribunal en una Local Comercial, el cual tiene colocado un aviso en el que e lee “El Rincón de Nicho, Especialidades pollo asado y chicharrón de pollo, ubicado en la Urbanización Santa María en la ciudad de Santa Ana de Coro Municipio Miranda del Estado Falcón, a los fines de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, por medio del cual exhorta a este Ejecutor se proceda a evacuar la INSPECCIÓN JUDICIAL solicitada por el Abg. ALEXANDER JOSE LOYO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.550. Actuando como Apoderado Judicial del ciudadano DIONISIO ANDRES YSEA. Encontrándose este Tribunal constituido en el sitio objeto de Inspección, fue abierto por el ciudadano CARLOS LUIS GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 13.487.814, taxista, quien manifestó que la llave se la entrego el señor DIONISIO ANDRES ISEA, para que abriera el Local a este Tribunal. Seguidamente, este Tribunal, a los fines de materializar la Inspección Judicial conferida a este Órgano Jurisdiccional paso a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección.Siendo la 10:30 de la mañana, este Tribunal cumplida como ha sido la presente Inspección ordena su reconstitución a su sede natural. Remítase el presente despacho a su Tribunal de origen. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 033/2012 remítiendo el Despacho de Exhorto Nº 1.751-IJ-2.012, nomenclatura de este Tribunal, constante de 12 folios útiles, relacionada con la solicitud INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 05-2015, llevado por ese Juzgado, formulada por el Abg. ALEXANDER LOYO, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DIONISIO YSEA, librada mediante Oficio Nº 017-2012, de fecha 13/01/2012, debidamente cumplida.-