REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE DICIEMBRE DEL 2011.
AÑOS: 201° Y 152°

Por recibido en fecha 15-12-2011 oficio numero: 687-2011 de fecha 30 de Noviembre del 2011, procedente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo régimen y del régimen procesal transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, conteniendo actuaciones constantes de dos (02) folios útiles, la cual contiene: Copia certificada del Decreto de Ejecución Forzosa, decretado en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES seguido por los Ciudadanos , JOSE GREGORIO CUART CUART, EDILSE ANTONIO MAVAREZ Y JHODER JOSE PAREDES QUINTERO, en contra del Ciudadano: ANGEL ESTEBAN GUERE y donde se ha ordenado librar el presente Despacho de Comisión a los fines de Practicar Medida de EJECUCION FORZOSA sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del Ciudadano: ANGEL ESTEBAN GUERE, de conformidad con lo previsto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo hasta cubrir la cantidad de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (BS. 175.253,60), correspondiente al doble de la suma condenada a pagar al ciudadano JOSE GREGORIO CUART. En caso de embargar cantidades liquidas de dinero el embargo será por la suma condenada de OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (BS. 87.626,80); en relación al ciudadano: EDILSE MAVAREZ CUART ejecútese en bienes muebles e inmuebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (BS. 175.253,60), correspondiente al doble de la suma condenada a pagar. En caso de embargar cantidades liquidas de dinero el embargo será por la suma condenada de OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS ( BS. 87.626,80); y en relación al ciudadano JHODER PAREDES ejecútese en bienes muebles e inmuebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (BS. 77.260,28), correspondiente al doble de la suma condenada a pagar. En caso de embargar cantidades liquidas de dinero el embargo será por la suma condenada de TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (BS. 38.630,14); así como los intereses de mora sobre las cantidades condenadas a la tasa de mercado vigente establecida por el Banco Central de Venezuela para los intereses sobre prestaciones sociales calculadas desde la fecha del DECRETO DE EJECUCION, de fecha 16-05-2011, hasta el pago efectivo de la cantidad condenada a pagar, mas las costas procesales (Honorarios Profesionales de Expertos Contables y Abogados). Igualmente se informa que el monto de honorario de la experto MARIA LOURDES MEDINA DE FANEITE, es por la cantidad de NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA BOLIVARES FUERTES (Bsf. 9.970,00). El Tribunal comitente deja constancia que en el Juicio actúan como apoderados Judiciales los Abogados ANTONIO JOSE ORTIZ NAVARRO, MARIA QUINTERO, FREDDY GOITIA E IVARSKY TORRES, inscritos en el inpreabogado bajo los números: 67.754, 172.336, 53.281 y 103.296, respectivamente. Actuando el primero de los nombrados como correo especial. Désele entrada. Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Buchivacoa, Mauroa Y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de darle estricto cumplimiento a la Comisión conferida acuerda el traslado y constitución del Tribunal una vez que lo solicite mediante diligencia la parte actora y se cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley de Deposito Judicial. Y en consecuencia este Tribunal fijará día, hora y fecha a los fines de su ejecución mediante auto separado. Cúmplase. La Jueza Titular
Abg. Magleni G. de Piña

La secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales P.

Nota: Con esta misma fecha se le dio entrada bajo el numero: 110-2011, como esta ordenado en auto anterior.
La Secretaria Titular

Abg. Teodora Borregales









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE DICIEMBRE DE 2011.
AÑOS: 201° Y 152°

Vista la diligencia de fecha 15 de Diciembre del 2011, suscrita por el Ciudadano Abogado Antonio José Ortiz Navarro, inpre numero 67.754, quien actuando en nombre y representación de los propios, únicos y exclusivos derechos e intereses de los Ciudadanos: JOSE GREGORIO CUART CUART, EDILSE ANTONIO MAVAREZ CUART Y JHONDER JOSE PAREDES QUINTERO, Venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Población de Zazarida, Municipio Buchivacoa del Estado Falcón, con cedulas de identidad números: 11.139.144, 4.645.039 y 18.769.644 respectivamente; actuando en su carácter y cualidad de correo especial y apoderado judicial especial de los Ciudadanos anteriormente identificados expone: a los fines de la tramitación correspondiente, consigno ante este Despacho, Decreto Ejecutivo de Embargo, por lo que pido respetuosamente a este Tribunal una vez conformado el expediente, fije la oportunidad para la ejecución correspondiente. Es todo. Este Tribunal acuerda: Primero: Fijar para el día 19-12-2011 a las 09:00 am.; el traslado y constitución de este Tribunal al sitio indicado por la parte actora. Segundo: Tómese las previsiones legales de conformidad con la Ley y solicitese la colaboración del ciudadano Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón Y del Comisario de la zona policial nº 5 de este Municipio Dabajuro del Estado Falcón, con la finalidad de que le brinde la seguridad a este Tribunal en la Ejecución de la Medida. Librense oficios. Cúmplase. La Jueza Titular
Abg.Magleni Gutiérrez de Piña
La Secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales
Nota: Con esta misma fecha se enviaron oficios n° 4520-104-2011 y 4520-105-2011 al Comandante General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón y al Ciudadano Comisario del Destacamento Zona policial n° 5 del Municipio Dabajuro del Estado Falcón, como esta ordenado en auto anterior.
La Secretaria Titular.
Abg. Teodora Borregales.






























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 19 DE DICIEMBRE DEL 2011.
AÑOS: 201° Y 152°

Por cuanto éste Juzgado Ejecutor, por auto de fecha 16 de Diciembre de 2011, acordó fijar para el día de hoy 19-12-2011 a las 9:00 am., el traslado y constitución al sitio señalado en el Despacho de Medida de Ejecución Forzosa a los fines de la práctica de la misma, siendo las 11 y 30 am. y no habiendo comparecido la parte actora José Gregorio Cuart, Edilse Mavarez Cuart y Jhoder Paredes ni su Apoderado Judicial Abogado Antonio J. Ortiz, Inpreabogado N°: 67.754, éste Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Buchivacoa, Dabajuro y Mauroa, Circunscripción Judicial del Estado Falcón, acuerda, diferir la practica de la medida hasta que la parte ejecutante solicite una nueva oportunidad para la ejecución.
Líbrese oficio al Ciudadano Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, participando que no hubo necesidad de la colaboración de los Agentes Policiales ya que éste Juzgado Ejecutor no se trasladó como estaba acordado debido a la inasistencia de la parte actora y su apoderado Judicial. La Jueza Titular
Abg.: Magleni G. de Piña
La Secretaria Titular
Abg.Teodora Borregales.

Nota: Con esta misma fecha se envió oficio n° 4520-107-2011 al Comandante General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón.
La Secretaria Titular.
Abg. Teodora Borregales



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA.
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
DABAJURO: 27 DE FEBRERO DE 2012.
AÑOS: 201° Y 153°.

Transcurrido el tiempo requerido de treinta (30) días de Despacho desde la fecha en que se admitió la medida de Ejecución Forzosa la cual fue 16-12-2011 hasta el 27-02-2012 sin que las partes actoras y su Apoderado Judicial identificados en autos impulsen la ejecución de dicha medida. Este Tribunal Ejecutor acuerda devolver por falta de impulso procesal las presentes actuaciones constantes de trece (13) folios útiles al Tribunal comitente. Remítase con oficio al Ciudadano Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. La Jueza Titular
Abg.: Magleni G. de Piña.

La Secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales

Nota: Con esta misma fecha se envió con oficio numero 4520-06-2012 al ciudadano Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Como esta acordado en auto que antecede.
La Secretaria Titular

Abg. Teodora Borregales