REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, diecisiete (17) de febrero de Dos Mil Doce (2012)
201º y 152º


ASUNTO: IP31-L-2010-000073


DEMANDANTE: EDGARD RAFAEL CUAURO; venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.770.489,
ABOGADO ASISTENTE DEL DEMANDANTE: JONATHAN LUGO, debidamente inscrito en IPSA bajo el N° 127.043.
DEMANDADO: CONSORCIO TRANSMEICA.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA. RUBEN JESUS VILLAVICENCIO NAVARRO, inscrito en IPSA bajo el N° 14.618.
MOTIVO: COBRO DE MORA EN EL PAGO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES.



Visto la diligencia de fecha 15 de febrero de 2012, presentada conjuntamente por los apoderados judiciales de la parte actora y demandada en la cual consta la transacción laboral celebrada entre ellas a fin de dar por terminada la presente causa en fase de ejecución, dando así cumplimiento voluntario a la sentencia definitivamente dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio Laboral de este Circuito. De fecha 18 de mayo de 2011; Recibiendo la parte actora un cheque de gerencia N° 10039279, de la entidad bancaria CORBANCA, C.A. que consta en autos, por la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 3.317,17) a favor de la parte actora, quien manifestó su conformidad con el pago recibido.

En consecuencia este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, por cuanto la transacción celebrada entre las partes no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN LABORAL CELEBRADA ENTRE LAS PARTES EN FASE DE EJECUCIÓN, EN CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE LA SENTENCIA DEFINITIVA, dándole efecto de Cosa Juzgada. En tal sentido una vez quede firme la presente homologación se ordenará dar por terminado la causa con su correspondiente archivo definitivo. Así se decide.

PUBLIQUESE Y REGISTRSE

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En Punto Fijo, Diecisiete (17) de febrero de Dos Mil Doce (2012). Años 201 de La Independencia y 152 de la Federación.
LA JUEZA TITULAR


ABG. MARINA MAILENE MELENDEZ FONTANA
LA SECRETARIA

ABG. NADIA SOFIA RIVERO MELENDEZ

NOTA: Siendo las 2:00 p.m. se dicto y publicó la decisión.

LA SECRETARIA

ABG. NADIA SOFIA RIVERO MELENDEZ
Sentencia N° PJ0022012000013
MMMF.