REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, catorce de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO: IP31-V-2012-000006

En el día de hoy, 14 de Febrero de 2012, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijado para llevarse a cabo la celebración de la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ello en virtud de la demanda por fijación de Régimen de Convivencia Familiar que intentara el ciudadano: JOEL EFRAIN LOPEZ BRETT titular de la cédula de identidad Nº 15.495.153 en contra de la ciudadana GLADYS COROMOTO MONTILLA, titular de la cédula de identidad Nº 12.552.424, a favor de la (SE OMITE NOMBRE). En este estado se deja constancia de la presencia del ciudadano JOEL EFRAIN LOPEZ BRETT, asistido por la abogada en ejercicio Dra. Lendry Semeco Inpreabogado Nro. 152.083 y la ciudadana GLADYS COROMOTO MONTILLA, sin asistencia jurídica.
Seguidamente la jueza les explica el contenido de la mediación en que consiste y su finalidad indicando las partes querer mediar, en los siguientes términos: el progenitor compartirá con el NIÑO bajo un régimen de convivencia familiar amplio, el niño compartirá con su padre los fines de semana alternos y de mutuo acuerdo siempre y cuando el ciudadano JOEL EFRAIN LOPEZ BRETT, se encuentre en su domicilio. Ahora bien, estando de acuerdo las partes, y amparando el interés superior del NIÑO (SE OMITE NOMBRE), este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente acuerdo, la cual tiene efectos de sentencia firme ejecutoriada. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZA


DRA. JENNY RODRIGUEZ LAMON


JOEL EFRAIN LOPEZ BRETT


GLADYS COROMOTO MONTILLA
Dra. Lendry Semeco


LA SECRETARIA


DRA. ADRIANA MORENO