REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, veintidós de febrero de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000117

Vista la anterior solicitud presentada por la Fiscal Noveno Auxiliar encargada del Ministerio publico con competencia especial para la protección de Niños, Niñas y Adolescente, mediante el cual solicita, se ordene la homologación del convenimiento de la Custodia, contenido en el acta de fecha nueve (09) de Febrero de 2.012, suscrito por los ciudadanos ELEUTERIO RAMÓN HERNÁNDEZ SUÁREZ Y YANNETT COROMOTO GALINDO GRANADILLO, titulares de la cédulas de Identidad Nos. 12.496.012 y 14.167.790, respectivamente, en beneficio de su hija la niña (SE OMITE NOMBRE), de Diez (10) años de edad, en consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN EXTENSION EN PUNTO FIJO, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de sentencia definitiva firme ejecutoriada, sin perjuicio de que pueda ser ajustado en beneficio del niño. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
La madre la ciudadana, YANNETT COROMOTO GALINDO GRANADILLO, expreso estar de acuerdo en que el padre siga ejerciendo su custodia de la niña (SE OMITE NOMBRE), como hasta ahora lo ha hecho, tal y como fue acordado al momento de la separación de ambos, hace aproximadamente tres (03) años. Por su parte el padre el ciudadano ELEUTERIO RAMON HERNANDEZ SUAREZ, esta de acuerdo en seguir ejerciendo la custodia de la niña, (SE OMITE NOMBRE).

Se autoriza a la Secretaria de este Despacho para expedir las copias certificadas de esta decisión.
Regístrese, Publíquese y Ejecútese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón a los VEINTE (20) días del mes de febrero de 2012. Años 201° y 152°.



LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


ABG. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN


LA SECRETARIA,


ABG. ADRIANA MORENO