REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 16 de Febrero de 2012
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2011-000328
ASUNTO : IP01-D-2011-000328

En el día de hoy, Jueves 16 de Febrero del año 2012, oportunidad fijada para llevarse a efecto la Audiencia Oral de Imposición en el presente asunto; a de la sanción decretada al adolescente ANTHONY JESÚS VAZQUEZ CHIRINOS, quien fue sancionado en fecha 27/9/2011 a cumplir la medida de SEIS (6) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con el artículo 624 ejusdem, por haber admitido los hechos constitutivos del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y FORJAMIENTO DE DOCUMENTO, y por cuanto el adolescente sancionado debe conocer el Cómputo definitivo de la sanción a cumplir de conformidad con el articulo 482 del C´odigo Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente en consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado FALCÓN Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al adolescente sancionado ANTHONY JESÚS VAZQUEZ CHIRINOS, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 23.586.672 de diecisiete años de edad y residenciado en el Sector 23 de Enero, calle Ayacucho con Paraguay casa N° 274 de Punto Fijo Estado Falcón; la sanción que le fue impuesta en fecha 27- 09-11, por el Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA. La misma tiene como fecha de inicio el día de hoy 16-02-12, culminando el 16-08-12, el adolescente sancionado ANTHONY JESÚS VAZQUEZ CHIRINOS, debe cumplir las siguientes Reglas de Conducta PRIMERO: No verse involucrado en otro hecho delictivo, SEGUNDO: No consumir ningún tipo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se deja constancia que el adolescente consigno constancia de trabajo. Quedaron notificadas las partes. Remítase la presente causa al Archivo Judicial de este Circuito Judicial a los fines de su guarda y custodia


DRA. NIRVIA GOMEZ GONZALEZ
Jueza de Ejecución
Sección Penal Adolescente





LA SECRETARIA

Abg. Nilda Cuervo