REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 10 DE JULIO DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: LUZ MARINA MORLES MEDINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.349.383, soltera, Secretaria, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Sector La Alegría Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS ANTEQUERA, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 154349, con domicilio procesal en la Calle Páez N° 34, de la Población de Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: LUZ MARINA MORLES MEDINA, sobre: Una bienhechuria constante de una casa, techo de acerolit, paredes de bloque, piso de cemento, cuatro (04) cuartos, cocina empotrada, comedor, un (01) baño, está cercada con tela de ciclón y bloque, tiene todos los servicios básicos aguas blancas, aguas negras y luz 110 y 220 voltios, ubicada en el Sector La Alegría de la comunidad de Maria Díaz, Municipio Federación del Estado Falcón, en una superficie de terreno perteneciente a la comunidad indígena, que mide UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON QUINIENTOS CENTÍMETROS (1.263,500 mts2) con un área de construcción de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (72 mts2). Y tiene los siguientes linderos:
NORTE: Tomas Díaz.
SUR: Leonardo Morles.
ESTE: Carretera Nacional Maria Díaz Churuguara (La Vieja.).
OESTE: Francisco López.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (150.000,00 BF).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIEZ (10) DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL DOCE. (10-07-2.012) AÑOS: 201° Y 153°.

EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.-
ABOG. KARINA ARCAYA.-