REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 18 DE JULIO DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: BRACHO SILVA GABRIELA DE LOS ANGELES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.607.791, venezolana, mayor de edad, soltera, , domiciliada en la Calle Las Mercedes, Sector el Calvario de Churuguara, Capital del Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio EDWARD OLLARVEZ, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 181.847, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Lucia I, Vereda Bolívar, Casa N° 138 de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: BRACHO SILVA GABRIELA DE LOS ANGELES, sobre: una (01) Casa de bloque sin frisar, techo de zinc, piso de concreto, dos (02) cuartos, dos (02) ventanas y una (01) puerta de hierro, cerca de alambre púas y estantillos de madera, dicha casa tiene un área de construcción de TREINTA METROS CUADRADOS (30Mts2), y consta, de una planta distribuida de la siguiente manera; una (01) sala- comedor, dos (02) dormitorios y un (01) baño contando esta con los servicios de agua y luz. En una parcela de terreno municipal ubicada en el Sector el Calvario, de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, que mide CIENTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (164 Mts2). Bajo los siguientes linderos:
NORTE: Abran Cenio.
SUR: Calles las Mercedes.
ESTE: Gregoria Silva.
OESTE: Terreno Municipal.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000. BS) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECIOCHO (18) DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL DOCE. (18-07-2.012) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.