REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 25 DE JULIO DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano: FERMIN DE LA CRUZ RODRIGUEZ LOAIZA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.522.449, venezolano, mayor de edad, Soltero, de profesión u Oficio Comerciante, domiciliado en la Población de Santa Cruz, Municipio Unión, Estado Falcón, asistido en este acto por la Abogada ROCIO MILAGRO CASTILLO, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 171213, titular de la cédula de identidad N° V- 20.213.289, con domicilio procesal Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: FERMIN DE LA CRUZ RODRIGUEZ LOAIZA, sobre: una bienhechuria que consiste en Una (01) Casa de Cuatro (04) Cuartos, una (1) Sala, un (1) Baño, una (1) Cocina, una sala Comedor, Una (01) Sala Recibo, paredes de bloque de friso liso por ambas caras, Ventanas y Puertas de Hierro, techo de zinc y piso de cemento pulido, el resto de terreno se encuentra sembrado de Árboles Frutales. Dicha bienhechurias ocupan una superficie de CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (104,94 Mts2), de Construcción, enclavada en un área de terrenos Municipales de SEISCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (613,32 Mts2), Ubicada en la Población de Santa Cruz, Municipio Unión del Estado Falcón, con los siguientes linderos:
NORTE: Con Calle Comercio.
SUR: Con Casa de Pedro Álvarez.
ESTE: Con Casa y Solar de Natividad Paredes.
OESTE: Con Calle José Antonio Páez.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (200.000,00. BSF)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTICINCO (25) DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL DOCE. (25-07-2.012) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.