REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 03 DE JULIO DEL 2.012.
AÑOS: 201º Y 153º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: DELIA ELVIRA SUAREZ MELENDEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.643.150, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la Ciudad de Maracay, Estado Aragua y de Transito en esta Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistida por la abogada en ejercicio MONICA MORENO, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº V-47.919, titular de la cédula de identidad N° V-9.518.703, con domicilio procesal Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: DELIA ELVIRA SUAREZ MELENDEZ, sobre: unas bienhechurias constante de: Una (01) casa de habitación construida de paredes de bloques, techo una parte de asbesto y otra de zinc, piso de cemento pulido, cuatro (04) cuartos, un (01) baño, lavadero, una (01) sala, cocina-comedor, un (01) tinglado, puertas y ventanas de hierro, un garaje y la misma se encuentra cercada por tres lados con bloques y por la parte del frente con rejas, con servicios de agua, luz y teléfono, dicha construcción tiene una medida de SETENTA METROS CUADRADOS (70 M2) enclavadas en terrenos Municipales, ubicada dicha casa en la Vereda 19 de Abril, Sector Santa Lucia de la Población de Churuguara, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, la parcela total tiene una extensión superficial de TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360 M2), siendo sus linderos generales siguientes:
NORTE: Con Dalia Arcaya.
SUR: Con Vereda 19 de Abril.
ESTE: Con Justa de Suárez.
OESTE: Con Rafael Adams.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los TRES (03) DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL DOCE. (03-07-2.012) AÑOS: 201° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.