…PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, treinta y uno de julio de dos mil doce.----------------------------------------------

Años: 202° y 153°

Vista la anterior solicitud la cual fue admitida por auto de fecha 25 de julio de 2012, presentada por el ciudadano HUGO JOSÉ LÓPEZ LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-3357.876, domiciliado en San Juan de los Cayos, Municipio Acosta, Estado Falcón, actuando en nombre y representación de los ciudadanos BETTY SOLANGE BRICEÑO DE BIN y LUÍS ALBERTO BIN ANTON, de acuerdo a instrumento poder autenticado por ante la Notaria Pública Cuarta de Valencia, Estado Carabobo, en fecha 16 de julio de 2012, inserto bajo el N° 40, Tomo 287 de los libros de autenticación llevados por ese despacho, asistido por el abogado ANGEL ANTONIO LÓPEZ NAVEDA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 125.296, en la que requiere le sea decretado TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre unas bienhechurías que han construido a sus únicas y exclusivas expensas, en una parcela de terreno propiedad de sus representados, según consta en documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure, de fecha 9 de diciembre de 2.004, anotado bajo el N° Seis (06), folios Treinta (30) al Treinta y Tres (33), Tomo 3°, Cuarto Trimestre, del año 2.004, ubicadas en San Juan de los Cayos, Municipio Acosta, Estado Falcón, cuyos linderos, medidas, características, formas de construcción y demás determinaciones especifica el solicitante en el escrito presentado, al cual se le dio entrada bajo el Nº S-1854-2012. Vistas y analizadas las declaraciones rendidas ante este Tribunal por los testigos, ciudadanos OSLANDO RAFAEL COLINA SILVA y ANGEL GREGORIO ANDRADE RIVERO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-11.803.724 y V-7.169.197 respectivamente, domiciliados en Boca de Mangle, Municipio Acosta del Estado Falcón; habiendo estudiado el caso el Tribunal declara bastantes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos BETTY SOLANGE BRICEÑO DE BIN y LUÍS ALBERTO BIN ANTON, suficientemente identificados, EL DERECHO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre las bienhechurías mencionadas en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con Resolución número 2009-0006 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase al solicitante original de las presentes actuaciones junto con sus resultas. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------------

EL Juez Provisorio,


Abg. ALVARO LUIS WELMANS GONZÁLEZ



La Secretaria,


Abg. ANA MONTERO ARTEAGA





NOTA: En la misma fecha se devolvió original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles. Conste.-----------------------------------------------------------------------------------------

Secretaría,









EXP. Nº S-1854-2012