REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 28/02/2012 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 01 folio útil, llevado por ese Juzgado; librado en el Juicio de INTIMACIÓN POR COBRO DE BOLÍVARES, intentado por la Abg. LEININ D. GUARDIA M., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.916, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JAVIER A. MORRILLO L., y en el que se Decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre Bienes Muebles propiedad de la parte Demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento: se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 02'04/2012 se dicta auto mediante el cual Por cuanto en este Tribunal No hubo Despacho el día 29/03/2012, para el cual estaba fijada la práctica de la presente medida, en virtud de que la Secretaria Titular de este Tribunal se encontraba de Reposo Médico, aunado al hecho de que la Parte interesada tampoco compareció por ante este Tribunal para la práctica de la misma; en consecuencia, se acuerda fijar nueva oportunidad para la práctica de su ejecución una vez que la parte así lo solicite, fijándose por autos separado.
En fecha 20/07/2012 se dicta auto mediante el cual por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde su ultima actuación de fecha 16/03/2012, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen. En la misma fecha se libro oficio Nro.205/2012 remitiendola constante de 11 folios utiles sin cumplir por responsabilidad de la parte.