REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 26/06/2012 se dicta auto dandole entrad a el Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 03 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 96-2012, llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana LUZ AIDA ARTEAGA, asistida por el Abg. JOSE FUGUET, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 174.168, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 18/07/2012,se dicta auto proveyendo diligencia suscrita por la ciudadana LUZ AIDA ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.362.582, asistida por el Abg. JOSE FUGUET, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 174.168, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en la siguiente dirección: Calle Josefa Camejo, Barrio Pantano Abajo, Casa N° 77-B, de Esta Ciudad Santa Ana de Coro Municipio Miranda Estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 20/07/2012, a las 09:00 a.m. Se designa como Perito Avaluador al ciudadano Ing. Alirio L. Puche N.
En fecha 20/07/2012 se levanta Acta mediante la cual este Ejecutor se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, con la ciudadana LUZ AIDA ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.362.582, asistida por el abogado JOSE FUGUET, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 174.168, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentada por ante el Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, por la ciudadana LUZ AIDA ARTEAGA, ya identificada. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Calle Josefa Camejo, Barrio Pantano Abajo, Casa N° 77-B, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas, procedió a designar como Experto Avaluador al ciudadano Ing. ALIRIO L. PUCHE N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 1.056.220, quien estando presente y tomado el juramento de ley, jura cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado; a los fines de dejar constancia, a través de la colaboración de sus conocimientos como experto, sobre los particulares solicitados en dicha Inspección Judicial, quien a requerimiento de la solicitante procede a tomarle fotografías de lo señalado en la presente inspección. Asimismo se procede a identificar la cámara con la cual el experto tomará las fotografías solicitadas en la presente inspección y que posee las siguientes características: Marca: HP, Modelo: Photosmart R927. Encontrándose este Tribunal constituido en dicha dirección, propiedad de la solicitante, antes identificada. Seguidamente, una vez en el interior del inmueble, este Órgano Jurisdiccional procedio a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección, que fueron Admitidos en el tribunal comitente.
En fecha 30/07/2012 se dicta auto proveyendo escrito presentado en fecha 27/07/2012 por el ciudadano Ing. ALIRIO L. PUCHE N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.056.220, quien fue designado como Experto en la presente Inspección, por medio de la cual consigna Informe y evidencias fotográficas relacionadas con la citada Inspección Judicial, constante de 10 folios útiles, en original y copia.
Este Tribunal provee de conformidad y, en consecuencia se libra oficio Nro. 210/2012 remitiendo las resultas del presente Despacho al Tribunal Comitente constante de 26 folios utiles. debidamente cumplida.