REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 24 DE MAYO DEL 2012.
AÑOS: 202° Y 153°

Por recibido en fecha 23-05-2012 oficio numero: 363-2012 de fecha 17 de Mayo del 2012, procedente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo régimen y del régimen procesal transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, conteniendo actuaciones constantes de cinco (05) folios útiles, la cual contiene: Despacho de Comisión y Copia certificada del Decreto de Ejecución Forzosa, decretado en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES seguido por los Ciudadanos , JOSE GREGORIO CUART CUART, EDILSE ANTONIO MAVAREZ Y JHODER JOSE PAREDES QUINTERO, en contra del Ciudadano: ANGEL ESTEBAN GUERE y donde se ha ordenado librar el presente Despacho de Comisión a los fines de Practicar Medida de EJECUCION FORZOSA sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del Ciudadano: ANGEL ESTEBAN GUERE, de conformidad con lo previsto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo hasta cubrir la cantidad de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (BS. 175.253,60), correspondiente al doble de la suma condenada a pagar al ciudadano JOSE GREGORIO CUART. En caso de embargar cantidades liquidas de dinero el embargo será por la suma condenada de OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (BS. 87.626,80); en relación al ciudadano: EDILSE MAVAREZ CUART ejecútese en bienes muebles e inmuebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (BS. 175.253,60) correspondiente al doble de la suma condenada a pagar. En caso de embargar cantidades liquidas de dinero el embargo será por la suma condenada de OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (BS. 87.626,80); y en relación al ciudadano JHODER PAREDES ejecútese en bienes muebles e inmuebles propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (BS. 77.260,28), correspondiente al doble de la suma condenada a pagar. En caso de embargar cantidades liquidas de dinero el embargo será por la suma condenada de TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (BS. 38.630,14); así como los intereses de mora sobre las cantidades condenadas a la tasa de mercado vigente establecida por el Banco Central de Venezuela para los intereses sobre prestaciones sociales calculadas desde la fecha del DECRETO DE EJECUCION, de fecha 16-05-2011, hasta el pago efectivo de la cantidad condenada a pagar, mas las costas procesales (Honorarios Profesionales de Expertos Contables y Abogados). Igualmente se informa que el monto de honorario de la experto MARIA LOURDES MEDINA DE FANEITE, es por la cantidad de NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA BOLIVARES FUERTES (Bsf. 9.970,00). El Tribunal comitente deja constancia que en el Juicio actúan como apoderados Judiciales los Abogados ANTONIO JOSE ORTIZ NAVARRO, MARIA QUINTERO, FREDDY GOITIA E IVARSKY TORRES, inscritos en el inpreabogado bajo los números: 67.754, 172.336, 53.281 y 103.296, respectivamente. Actuando el primero de los nombrados como correo especial. Désele entrada. Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Buchivacoa, Mauroa Y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de darle estricto cumplimiento a la Comisión conferida acuerda el traslado y constitución del Tribunal una vez que lo solicite mediante diligencia la parte actora y se cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley de Deposito Judicial. Y en consecuencia este Tribunal fijará día, hora y fecha a los fines de su ejecución mediante auto separado. Cúmplase. La Jueza Titular
Abg. Magleni G. de Piña


La secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales P.

Nota: Con esta misma fecha se le dio entrada bajo el numero: 114-2012, como esta ordenado en auto anterior.
La Secretaria Titular

Abg. Teodora Borregales









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, MAUROA Y DABAJURO. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 24 DE MAYO DE 2012.
AÑOS: 202° Y 153°

Vista la diligencia de fecha 23 de Mayo del 2012, suscrita por el Ciudadano Abogado Antonio José Ortiz Navarro, inpre numero 67.754, domiciliado en Santa Ana de Coro, Estado Falcón; donde expone: Actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los accionantes de autos, solicito respetuosamente a este Tribunal que una vez verificados y cumplidos los tramites de Ley, se sirva disponer la oportunidad para la ejecución del Decreto al que se contrae este Procedimiento. Es todo. Este Tribunal observa: Primero: Que la parte actora no señalo la Jurisdicción donde se encuentran los bienes a embargar objeto de la ejecución de la medida. Segundo: La parte actora deberá practicar diligencia nuevamente donde señale la Jurisdicción donde se encuentren los bienes a embargar. Y en consecuencia este Tribunal Ejecutor dará estricto cumplimiento a lo ordenado. Cúmplase. La Jueza Titular

Abg.Magleni Gutiérrez de Piña

La Secretaria Titular

Abg. Teodora Borregales













REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 10 DE JULIO DEL 2012.
AÑOS: 202° Y 153°


Transcurrido el tiempo requerido de treinta (30) días de Despacho desde la fecha en que se admitió la medida de ejecución Forzosa la cual fue 24-05-2012 hasta el 10-07-2012 sin que las partes actoras, ni sus Apoderados Judiciales, identificados en autos impulsen la ejecución de dicha medida. Este Tribunal Ejecutor acuerda devolver por falta de impulso procesal las presentes actuaciones constantes de doce (12) folios útiles al Tribunal comitente. Remítase con oficio al Ciudadano Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.

La Jueza titular.

Abg.: Magleni G. de Piña.
La secretaria Titular

Abg. Teodora Borregales P.


Nota: Con esta misma fecha se envió con oficio número: 4520-44-2012 al ciudadano Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Como esta acordado en auto que antecede.


La Secretaria Titular


Abg. Teodora Borregales P.