REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 02 de julio de 2012
202° y 153°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-000665
PARTE ACTORA: EDUARDO HERACLIO AGUINAGA POMAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PEREZ ALEXANDER, FRANIA BASTARDO, MARCIAL VARGAS., REINALDO GONZÁLEZ
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA ELECTRO HOGAR, D.H.E., C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELIO BURGUERA Y OTROS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 02 de julio de 2012, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el abogado Alexander Pérez, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; así como los ciudadanos Eduardo Gines y Domenico Rambaldo, en su carácter de accionistas de la demandada, conjuntamente con su apoderado judicial, abogado Elio Burguera, dándose así inicio a la audiencia. Ahora bien, luego de conversaciones, ambas partes manifiestan que en búsqueda de resolver el presente asunto han llegado a un acuerdo transaccional en el cual la demandada ofrece a la parte actora el pago de la cantidad de SETENTA Y DOS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 72.000,00), pagaderos el día miércoles 04 de julio de 2012 de la siguiente manera, la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 60.000,00) mediante un cheque de gerencia por la favor del accionante y la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 12.000,00) mediante cheque a favor del abogado Alexander Pérez, cuyas cantidades se ofrecen por los conceptos de prestación de antigüedad, vacaciones, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, bono vacacional fraccionado, utilidades, utilidades fraccionadas, horas extras, salarios caídos, sábados, domingos y feriados e indemnizaciones por despido injustificado; siendo que el apoderado judicial de la parte actora manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento de la parte demandada en los términos señalados supra. Así mismo, ambas partes declaran expresamente que el presente acuerdo lo celebran con el objeto de poner fin al presente juicio de cobro de prestaciones sociales y de precaver cualquier eventual litigio, disputa o reclamación entre las partes que tengan por objeto los derechos pretendidos por EL EXTRABAJADOR en el presente juicio o cualquier otro que pueda corresponderle en virtud del vínculo obligacional que los vinculó distintos del presente juicio, solicitando que en tal sentido se homologue del presente acuerdo y se les expida dos (02) copias certificadas de la presente acta. Visto lo expuesto por los presentes este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, por cuanto la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la parte accionante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo se ordena la entrega de los escritos de pruebas consignados en la Audiencia Preliminar por las partes, con sus respectivos anexos, siendo que las partes declaran recibirlas en este mismo acto. Finalmente, vista la solicitud de copias certificadas, este Tribunal acuerda de conformidad con lo peticionado, en consecuencia expídanse por Secretaría las mismas, previa consignación de los fotostatos. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez;
Abg. Claudia Valencia
El Secretario;
Abg. Luis Barranco
Alexander Pérez
Eduardo Gines Domenico Rambaldo
Elio Burguera
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