REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, tres de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : IP31-J-2012-000558

Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN AIDA FALCÓN DE RINCÓN, titular de la cedula de identidad Nº V-7.569.064, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Juan Anibal Quevedo, Inpreabogado Nº 160.914, en beneficio de sus hijos (SE OMITEN NOMBRES), mediante la cual solicita, sean Declarados Únicos y Universales Herederos del ciudadano ENRIQUE CONCEPCIÓN RINCÓN LOZADA (Fallecido en fecha 06 de mayo de 2012). Visto y examinado el Justificativo de Testigos evacuados por ante este el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, en fecha 29 de Junio de 2012, acta de matrimonio, actas de defunción y actas de nacimientos que se acompañan la presente Solicitud, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, SIN PERJUICIO DE IGUAL O MEJOR DERECHO QUE CORRESPONDA A TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el Artículo 16 ejusdem, y en atención a lo solicitado, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, DEL CIUDADANO ENRIQUE CONCEPCIÓN RINCÓN LOZADA, cédula de identidad Nº V-7.569.064: a la ciudadana CARMEN AIDA FALCÓN DE RINCÓN, titular de la cedula de identidad Nº V-7.569.064 y a sus hijos: (SE OMITEN NOMBRES), titulares de la cedula de identidad Nº V-23.675.898 y V-26.218.627.
Se faculta suficientemente al Secretario de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado.
Dado, firmado y sellado en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Falcón.
En Punto Fijo, a los tres (03) días del mes de julio del año 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.


ABG. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


EL SECRETARIO,
ABG. IGNACIO HIDALGO