REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, tres de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: IP31-J-2012-000580
En el día de hoy 03 de Julio de 2012, siendo las dos de la tarde 02:00 p.m, día y hora pautado por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Punto Fijo, para la celebración de la fase de Mediación de la audiencia Preliminar, todo ello de conformidad con el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la presente causa, siendo los solicitantes ciudadanos ENNIO NOGUERA y MINERVA DIAZ DE NOGUERA, titulares de las cedulas de identidad Nro.10.252.4567 y 10.611.292 respectivamente, previo anuncio a las puestas del Tribunal por la unidad de alguacilazgo, se deja constancia que no compareció persona alguna ni por si, ni por medio de apoderado, en consecuencia se declara desierto el acto. Ahora bien, actuando a tenor de lo dispuesto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y por cuanto los solicitantes no comparecieron a la audiencia preliminar de mediación, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con sede en Punto Fijo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se decreta la extinción de la causa por desistimiento del procedimiento por parte de los solicitantes, y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
La Jueza
Dra. Jenny Rodríguez Lamón El Secretario
Dr. Ignacio Hidalgo
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