REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, dieciocho de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: IP31-J-2012-000664
PARTE NARRATIVA
Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal por el ciudadano REYNALDO JOSÉ MORALES PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.103.338, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre las niñas (Se omiten nombres conforme al artículo 65 de la LOPNNA), la primera, hija de los ciudadanos RUBEN NICOLAS MORALES MARTÍNEZ y MARÍA PATRICIA RAMO PACHENO, la segunda hija de los ciudadanos RUBEN NICOLAS MORALES MARTÍNEZ y MILAGROS MARÍA CORONADO CAMACHO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.439.452. V-17.607.215 y V.- 13.108.167, y en razón de que el ciudadano RUBEN NICOLAS MORALES MARTÍNEZ, contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, al ciudadano REYNALDO JOSÉ MORALES PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.103.338.
PARTE MOTIVA
Este juzgador en virtud de estar lleno los requisitos exigidos por la Ley, y que se hace necesario el pronunciamiento respectivo, y en consideración que existe suficiente elemento de convicción declara con lugar lo solicitado.
PARTE DISPOSITIVO DEL FALLO
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona ciudadano REYNALDO JOSÉ MORALES PIÑA, ya identificado, a fin de que lo ejerza, sobre las niñas (Se omiten nombres conforme al artículo 65 de la LOPNNA).
Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-
Publíquese y Regístrese.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DEL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN A LOS DIECIOCHO (18) DIAS DEL MES DE JULIO DE 2012.
DR. FREDDY MEDINA CHACÓN
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRIBUNAL
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
EL SECRETARIO,
ABG. FREDDYS M. ROMERO H.
EN ESTA MISMA FECHA, SIENDO LAS 02:05 PM SE DICTO Y SE PUBLICO LA PRESENTE SENTENCIA
EL SECRETARIO,
ABG. FREDDYS M. ROMERO H.
|