REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 6 de Julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2012-000014
ASUNTO : IP01-D-2012-000014
Resolución Computo de Reglas de Conducta
El día 31 de Mayo de 2011, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia oral para imponer de la sanción al Joven Reinaldo José Valle Chirinos venezolano, titular de la cédula número 25.371.681 nacido en fecha 13 de Mayo de 1994 de 17 años de edad y residenciado en la urbanización la Velita II Calle 18 Vereda 17 casa Nº 04 de la cuida de Coro Municipio Miranda de este Estado Falcón Por estar incurso en la comisión del delito Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo153 de la ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano, y a quien el Tribunal Primero de Control de la sección Penal Adolescente Sanciono al Joven adolescente a cumplir con la medida de Un Año de Reglas de Conducta conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 de la ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes en virtud de su admisión de los hechos por estar incurso en la comisión del delito Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 153 de la ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano,. Se procedió a imponer de la sanción al precitado adolescente sanción que le fuese dictada por el Tribunal Primero de Control de la sección Penal adolescente el día 15 de Marzo de 2012 la cual consiste consisten en Primero: Consignar constancias de Estudios Segundo :Estar bajo la vigilancia de su Progenitora Tercero: No permanecer después de las 11 horas de la noche en la calle Cuarto : La prohibición de consumir,poseer, transportar, o distribuir sustancias estupefacientes o Psicotrópicas y en fin cualquier sustancia ilícita que implique tener contacto con drogas. Quinto: No reunirse con personas de dudosa reputación Sexto No verse involucrado en cualquier hecho delictivo y Séptimo. Entrevistarse por una (01) vez con la licenciada Zulli Fernández a los fines de realizar informe Psicosocial.
Ahora bien por cuanto el adolescente sancionado debe conocer el Cómputo definitivo del cumplimiento de su sanción, este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Joven adolescente : Reinaldo José Valle Chirinos venezolano, titular de la cédula número 25.371.681 nacido en fecha 13 de Mayo de 1994 de 17 años de edad y residenciado en la Urbanización la Velita II Calle 18 Vereda 17 casa Nª 04 de la cuida de Coro Municipio Miranda de este Estado Falcón Por estar incurso en la comisión del delito Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo153 de la ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano, Sanción que consiste en el cumplimiento de la Medida de Un Año de Reglas de Conducta las cuales consisten en Primero: Consignar constancias de Estudios Segundo :Estar bajo la Vigilancia de su Progenitora Tercero: No permanecer después de las 11 horas de la Noche en la calle Cuarto : La prohibición de consumir, poseer, transportar, o distribuir sustancias estupefacientes o Psicotrópicas y en fin cualquier sustancia ilícita que implique tener contacto con drogas. Quinto: No reunirse con personas de dudosa reputación Sexto No verse involucrado en cualquier hecho delictivo y Séptimo. Entrevistarse por una (01) vez con la licenciada Zulli Fernández a los fines de realizar informe Psicosocial. Sanción que comienza el día 31 de Mayo del 2012 y termina en fecha 31 de Mayo de 2013 en consecuencia Notifíquese a todas las partes de la presente decisión Regístrese Publíquese, y Cúmplase
Jueza Titular 1° de Ejecución
Sección Adolescente
Abg. Enialina Ruiz de Flores
La Secretaria
Elycelis Rodríguez
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