REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: CATORCE (14) DE JUNIO DE 2012.
AÑOS: 200º Y 152º
Este tribunal, vista la solicitud realizada por la parte perdidosa en la presente causa, con fundamento en el principio Iura Novit Curia, esto es el juez conoce el derecho, y no en el articulo 525 eiusdem; acuerda notificar a las partes, para que concurran, al tercer (3er) día de despacho siguiente contados, a partir de que conste en autos la ultima de las notificaciones, a las diez (10:00a.m) con el objeto de tratar de acuerdo a lo expuesto por la diligenciante parte demandada, lo concerniente al cumplimiento de la decisión, antes de la posible ejecutoria. Notifíquese a la partes
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA TIT
ABG DENNY CUELLO
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:00 a.m., previo el anuncio de ley, quedando anotado bajo el Nº 266 , en el libro de Sentencias. Conste.
LA SECRETARIA TIT
ABG DENNY CUELLO