REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 27 DE JUNIO DEL 2.012.
AÑOS: 201º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano: JESUS ANTONIO BARRIENTOS PEÑA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.520.434, venezolano, mayor de edad, soltero, productor agropecuario. Domiciliado en la Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, asistido por la abogada en ejercicio YASMERYS COROMOTO PALENCIA QUERALES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.563.203, domiciliada, en la Calle Bolívar, casa N° 36 de la Parroquia Santa Cruz de bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 131.474, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: JESUS ANTONIO BARRIENTOS PEÑA, sobre: Las construcciones del mencionado e identificado inmueble consta de: Dos (02) Casas las que poseen, cada Una, (01) habitaciones, Un (01) baño, sala, cocina, paredes de bloques, ventanas de metal, techo de acerolit. Dichas bienhechurias se encuentran en una superficie general de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS (130,00 Mts2), distribuidas en dos casas la primera de SETENTA METROS CUADRADOS (70,00Mts2) y la segunda de SESENTA METROS CUADRADOS (60,00 Mts2) asentadas sobre un terreno Municipal según levantamiento planimétrico actual constante de CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (14.385,00 Mts2) ubicados en el Sector Guarataro, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, situada dentro de los linderos siguientes:
NORTE: Con Hermanos Carrasco y Vía Las Lajitas.
SUR: Con Vía Guarataro- Quebrada seca.
ESTE: Vía las Lajitas.
OESTE: Con Propiedad de Hermanos Carrasco.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTISIETE (27) DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL DOCE. (27-06-2.012) AÑOS: 201° Y 153°.
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.