PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Yaracal, veintinueve de junio de dos mil doce. ------------------------------------------------------------------------------------------------------
Años: 202º y 153º
Expediente Nº: 196-2012
Solicitante: JEAN CARLOS PEREZ y
ROSMERY DEL VALLE BARRIOS LUGO
Abogada Asistente: TULIO ENRIQUE MENDOZA ARIAS
Motivo: DIVORCIO (185-A)
En fecha 06 de junio de 2012, los ciudadanos JEAN CARLOS PEREZ y ROSMERY DEL VALLE BARRIOS LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-17.026.287, V-21.309.334, domiciliados el primero en el sector La Guacharaca, casa sin número, Municipio San Francisco y la segunda en la calle Miranda, Tucacas, Municipio Silva, ambos del Estado Falcón, asistidos por el abogado TULIO ENRIQUE MENDOZA ARIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 102.977, presentaron escrito en el que manifiestan que en fecha 01 de diciembre de 2006, contrajeron matrimonio civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón, que durante su unión matrimonial no procrearon hijos, que establecieron su ultimo domicilio conyugal en el sector La Guacharaca, casa sin número, Municipio San Francisco del Estado Falcón, que en un inicio de la relación conyugal se desarrollo de manera normal prestándose asistencia y apoyo reciproco, pero con el transcurrir del tiempo fueron surgiendo desavenencias insalvables, lo cual hizo que se separaran como pareja y desde el mes de diciembre de 2007, han permanecido separados de hecho, por lo que solicitan de éste órgano jurisdiccional se declare la disolución del vínculo matrimonial que los unía desde el 01 de diciembre de 2006.
Mediante auto de fecha 11 de junio de 2012, se admitió y dio entrada a dicha solicitud, igualmente se ordenó la citación del ciudadano Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para que compareciera dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su citación a exponer lo que considerare conveniente. Se libró la boleta respectiva y se entrego al ciudadano Alguacil para que la practique.
Por diligencia del 13 de junio de 2012, el Alguacil de éste Tribunal consignó copia de Boleta de Citación, debidamente firmada el 13/06/2012, por la ciudadana Jaquelin Ortiz, funcionaria adscrita a la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Por auto de esa misma fecha se ordenó agregar dicha diligencia al expediente con el cual guarda relación.
En fecha 26 de junio de 2012, compareció el abogado JOSÉ LUIS LA CRUZ VILORIA, Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, y consignó escrito, en donde solicita “… se declare terminado el procedimiento y se ordene el archivo del presente expediente…“. Mediante auto de esa misma fecha, se ordenó agregar dicho escrito a este expediente.
Habiendo analizado el contenido de este expediente y de conformidad con el artículo 185-a del Código Civil, que establece en su último aparte, lo siguiente:
“… o si el Fiscal del Ministerio Público lo objetare, se decretará terminado el procedimiento y se ordenará el archivo del expediente…”
Este Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure, con competencia en la jurisdicción Contencioso Administrativo (Servicios Públicos) de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO Y ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE. ------------------------------------------------------------------
Publíquese y regístrese. Certifíquese por Secretaría copia de esta decisión y archívese. Cúmplase. -------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Tribunal.--
El Juez Provisorio,
Abg. ALVARO LUIS WELMANS GONZÁLEZ
La Secretaria,
Abg. ANA MONTERO ARTEAGA
NOTA: En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Siendo las 12:45 p.m. Se publicó la anterior decisión, se certificó copia de la misma y se archivó. Conste. -------------------------------
Secretaría,
Exp. N° 196-2012
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