República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Mene de Mauroa; 20 de junio de 2012
Años: 201° y 153°
Expediente No. 567-12
Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD
Solicitante: DAMERYS ROSA OCANDO NAVARRO.
Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por la ciudadana DAMERYS ROSA OCANDO NAVARRO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad personal N° V-11.950.967, domiciliada en el caserío El Lamedero de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MIGDALIA CONCEPCIÓN HERNANDEZ URDANETA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal N°-V-4.646.199 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 55.396 de igual domicilio; mediante la cual solicita Titulo Supletorio de propiedad a su favor, sobre una vivienda, construida con paredes de bloques, pisos de cemento y techo de zinc. Compuesta de; un (01) porche, tres (03) cuartos, una (01) sala comedor, una (01) cocina, una (01) sala de baño, cercada de alambres de púas y estantillos de madera. Con un área de construcción de aproximadamente DOCE METROS (12 Mts) DE LARGO Por OCHO METROS (08 Mts) DE ANCHO para un área total de construcción de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (96 Mts2), construida sobre una parcela de terreno Municipal cuya medida es de: CINCUENTA Y SEIS METROS (56 Mts.) DE LARGO por CUARENTA Y SEIS METROS (46 Mts) DE ANCHO, para una superficie total de DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2.576 Mts.2) ubicada en el caserío El Lamedero de la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón y comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa del señor Félix Castillo; SUR: Casa de la señora Yamileth Navarro; ESTE: Casa del señor Ramón Loyo y OESTE: Represa Maticora. Visto igualmente las resultas del oficio N° 00031 de fecha once (11) de junio de dos mil doce (2012), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de las testigos ciudadanas YRELA GREGORIA YSEA NAVARRO y YANEXI GREGORIA CRESPO LOYO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-14.950.503 y V-15.238.238 respectivamente, domiciliadas en la población de Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud. Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con lo previsto en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio de la Tutela Judicial Efectiva, contenido en el Articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLE SU DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA VIVIENDA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000.00), los cuales fueron cancelados por la ciudadana DAMERYS ROSA OCANDO NAVARRO, identificada anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a la solicitante DAMERYS ROSA OCANDO NAVARRO. Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los veinte (20) días del mes de junio de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza provisoria,
Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
En la misma fecha de hoy, 20/06/2012, siendo las 9:40 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.384 -12. Conste.-
El……….
……Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.
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