REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 17/05/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcon, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 082-2012, llevado por ese Juzgado, presentada por la ciudadana LILIANA GUADALUPE CASTILLO, debidamente asistida por el abogado ANGEL RUIZ, inscrito el inpreabogado N° 100.540, y en él que se exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la evacuación de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 01/06/2012 se dicta auto proveyendo la diligencia y pedimento contenido, suscrita por la ciudadana LILIANA GUADALUPE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.806.145, debidamente asistida por el abogado ANGEL RUIZ, inscrito el inpreabogado N° 100.540, actuando con el carácter que consta en autos, constante de un (01) folio útil. Agréguese a los autos.-
En virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en la siguiente dirección: Calle Zamora entre Callejón Chevrolet y Callejón Ugarte, Frente a la Oficina del Cajero Automático del Banco Bicentenario, de la Ciudad Santa Ana de Coro Municipio Miranda Estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día acordado en autos a las 09:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 04/06/2012 se levanta Acta mediante la cual este Tribunal Ejecutor de Medidas, se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, con la ciudadana LILIANA GUADALUPE CASTILLO BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.806.145, asistida por el abogado ANGEL ALBERTO RUIZ CHIRINO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 100.540, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por la ciudadana LILIANA GUADALUPE CASTILLO BOLIVAR, ya identificada. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Calle Zamora, entre callejón Chevrolet y Callejón Ugarte, frente a las oficinas del Cajero Automático del Banco Bicentenario, Parroquia San Gabriel de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, específicamente se constituye este tribunal en la oficina donde funciona la Caja de Ahorro de los Socios de CACRETE. Encontrándose este Tribunal constituido en dicha dirección, se procedió a notificar de la misión del Tribunal, previa lectura del Despacho de Exhorto por la Jueza Ejecutora de Medidas al ciudadano ALEJANDRO GREGORIO SANTOS DIAZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 9.512.790, en su carácter de delegado de CACRETE. Seguidamente, este Órgano Jurisdiccional procedio a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección, que fueron Admitidos en dicha inspeccion.