ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-006097
PARTE ACTORA: VALERIO ANTONIO ORTIZ , JUAN ALEXANDER LOPEZ DURAN, FRANKLIN JOSE CRUZ CHAVEZ Y BERNARDO ANTONIO GUIA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESUS RAFAEL BARRERO.
PARTE DEMANDADA: FERNANDO JOSE GABALDON.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO CARRILLO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, seis (06) de junio de 2012 siendo las 2:00 p.m día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de audiencia preliminar en la presente causa, anunciada como fue la misma, éste Juzgado deja constancia de la comparecencia del ciudadano JESUS RAFAEL BARRERO, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 75.307, en su carácter de apoderado judicial de las partes codemandantes ciudadanos VALERIO ANTONIO MONTERO ORTIZ, JUAN ALEXANDER LOPEZ DURAN, FRANKLIN JOSE CRUZ CHAVEZ Y BERNARDO ANTONIO GUIA. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano FRANCISCO CARRILLO AVELLAN, abogado en ejercicio inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 60.670, en su condición de apoderado judicial de la demandada ciudadano FERNANDO JOSE GABALDON, caracteres que constan plenamente en instrumento poder que consignaron a los autos la representación judicial de la parte actora y demandada, dándose así inicio a la prolongación de audiencia preliminar. En este estado la representación judicial de la parte demandada expone: “Con el animo de dar por terminado el presente juicio mi representada ofrece pagar en éste mismo acto a las partes codemandantes ciudadanos: 1) VALERIO ANTONIO MONTERO ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.184.270, la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs.7.977,00), en un (01) pago único por dicho monto, mediante cheque a su nombre, librado contra el Banco Mercantil distinguido con el número 72402443, dicho pago incluye todos los conceptos laborales reclamados por el extrabajador tales como: Antigüedad Cláusula Nº 46 de la Normativa Laboral, Vacaciones y Bono Vacacional Cláusula 43 de la Normativa Laboral,, Utilidades Cláusula 44 de la Normativa Laboral, Indemnizaciones por Despido Injustificado Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Intereses sobre Prestación de Antigüedad del Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, tales como: Indemnización prevista en el numeral 5 del Artículo 130 de la Ley Orgánica del Trabajo, Indemnización prevista en el artículo 564 de la Ley Orgánica del Trabajo; 2) JUAN ALEXANDER LOPEZ DURAN, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.973.625, en éste mismo acto la cantidad de SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs.7.044,00), en un (01) pago único por dicho monto, mediante cheque a su nombre, librado contra el Banco Mercantil distinguido con el número 01402445, dicho pago incluye todos los conceptos laborales reclamados por el extrabajador tales como: Antigüedad Cláusula Nº 46 de la Normativa Laboral, Vacaciones y Bono Vacacional Cláusula 43 de la Normativa Laboral, Utilidades Cláusula 44 de la Normativa Laboral, Indemnizaciones por Despido Injustificado Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Intereses sobre Prestación de Antigüedad del Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, tales como: Indemnización prevista en el numeral 5 del Artículo 130 de la Ley Orgánica del Trabajo, Indemnización prevista en el artículo 564 de la Ley Orgánica del Trabajo; 3) FRANKLIN JOSE CRUZ CHAVEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.887.887, en éste mismo acto la cantidad de CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA BOLIVARES (Bs.5.430,00), en un (01) pago único por dicho monto, mediante cheque a su nombre, librado contra el Banco Mercantil distinguido con el número 54402446, dicho pago incluye todos los conceptos laborales reclamados por el extrabajador tales como: Antigüedad Cláusula Nº 46 de la Normativa Laboral, Vacaciones y Bono Vacacional Cláusula 43 de la Normativa Laboral, Utilidades Cláusula 44 de la Normativa Laboral, Indemnizaciones por Despido Injustificado Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Intereses sobre Prestación de Antigüedad del Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, tales como: Indemnización prevista en el numeral 5 del Artículo 130 de la Ley Orgánica del Trabajo, Indemnización prevista en el artículo 564 de la Ley Orgánica del Trabajo y BERNARDO ANTONIO GUIA, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.065.671, en éste mismo acto la cantidad de DOS MIL CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs.2.049,00), en un (01) pago único por dicho monto, mediante cheque a su nombre, librado contra el Banco Mercantil distinguido con el número 82402448, dicho pago incluye todos los conceptos laborales reclamados por el extrabajador tales como: Antigüedad Cláusula Nº 46 de la Normativa Laboral, Vacaciones y Bono Vacacional Cláusula 43 de la Normativa Laboral,, Utilidades Cláusula 44 de la Normativa Laboral, Indemnizaciones por Despido Injustificado Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Intereses sobre Prestación de Antigüedad del Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, tales como: Indemnización prevista en el numeral 5 del Artículo 130 de la Ley Orgánica del Trabajo, Indemnización prevista en el artículo 564 de la Ley Orgánica del Trabajo, derivados de las relación laboral que los unió con mi representado”. En este estado la representación judicial de la parte actora presente ciudadano JESUS RAFAEL BARRERO, identificado suficientemente en el encabezado del acta libre de todo apremio y coacción y con conocimiento de su poderdante y del alcance y efectos de la presente transacción, expone: “En nombre de mis representados acepto celebrar una transacción judicial en los mismos términos expuestos por la representación judicial de la parte demandada y declaro que mis representados nada más tienen que reclamarle al demandado ciudadano FERNANDO JOSE GABALDON, por todos estos conceptos laborales reclamados ni por ningún otro concepto.” Asimismo, este Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de conciliación ha sido positiva, respecto de los extrabajadores VALERIO ANTONIO MONTERO ORTIZ, JUAN ALEXANDER LOPEZ DURAN, FRANKLIN JOSE CRUZ CHAVEZ Y BERNARDO ANTONIO GUIA, y por cuanto el presente acuerdo no vulnera sus derechos como extrabajadores ni normas de orden público, y verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de las partes codemandantes y de la parte demandada para transigir en el presente juicio, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, conforme al artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 de su Reglamento. Asimismo, éste Juzgado deja expresa constancia que una vez vencido el lapso de impugnación de la presente decisión, se dará por terminado el presente proceso y se ordenará el archivo definitivo del expediente. En este acto se hizo la devolución de los medios probatorios aportados por cada una de las partes. Se acuerdan dos (02) copias de la presente acta para ser entregadas a las partes presentes. Asimismo, se acuerda agregar al expediente cuatro (4) constancias de recibo de los cheques debidamente firmados por el apoderado actor. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman:


La Juez
Dra. Aura María Trenard A.

El Secretario (a)
Abog. Adriana Bigott

Los Comparecientes a la Audiencia Preliminar