REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 18 de Junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2009-004741
ASUNTO : IP11-P-2009-004741
JUEZ: ABG. KARLA MORALES MORA
FISCAL SEXTO DEL MINISTERIO PÚBLICO: DILIA GUTIERREZ
SECRETARIO: ABG. GREGORY COELLO
IMPUTADO (S): IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ
DEFENSOR (A): PUBLICO PRIMERO JESUS TADEO MORALES
AUTO DE APERTURA A JUICIO
Visto el acto de AUDIENCIA PRELIMINAR, realizada en este Tribunal en fecha 21/05/2012, mediante la cual este Juzgado ADMITIÓ EL ESCRITO DE ACUSACIÓN, presentado por el Fiscal Sexta del Ministerio Público ABOG. DILIA GUTIERREZ, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en contra de los ciudadanos IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÒN DE UN ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, establecido en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal en concordancia con el artículo 424 ejusdem; este Despacho de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a fundamentar el correspondiente Auto ordenando la Apertura a Juicio en los siguientes términos:
IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO:
IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha 04-09-1989, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 20.797.223, estado civil: soltero, domiciliado en los Rosales Parcelamiento casa S/N sin frisar, Punto Fijo, Estado Falcón.
HECHOS OBJETO DEL JUICIO:
El presente procedimiento se inicia por denuncia, formulada por el ciudadano GUELVYS JESUS LUGO MARTINEZ, titular de la cedula de identidad numero V-9.585.861, de fecha 25 de agosto del 2009, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde en parte de la misma depone lo siguiente: “...que personas desconocidas le propinaron un disparo un disparo a mi tío de nombre Martínez Enrry, en momentos en que se encontraba en una casa donde venden cervezas y lo despojaron de su arma de fuego tipo pistola, marca Bersa, calibre 7,65; serial 354726, y luego se fueron del lugar...”. Corre inserto en la causa INSPECCIÓN TÉCNICA N2 1974, de fecha 25/08/2009, practicada por los funcionarios RAMÓN GUARECUCO y VÍCTOR BELLO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub.-Delegación Punto Fijo, quienes dejan constancia de haber practicado inspección ocular en el sitio del suceso denominado Calle Las Galeras, Urbanización Las Galeras, Sector El Sabino, Municipio Carirubana Estado Falcón. Corre inserto en la causa ACTA DE ENTREVISTA, suscrita por la ciudadana COLI DE MEDICI LUIGIA, titular de la cedula de identidad numero E-95.099, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub.-Delegación Punto Fijo, y donde entre otras cosas manifestó: “. . . EL SABADO 22-08-2009, COMO A LAS 11:00 DE LA NOCHE, SE ESTABA CELEBRANDO EL CUMPLEAÑOS DE UN BUSETERO DE NOMBRE IBIS SANCHEZ, ADEMAS SE ENCONTRABA LA SEÑORA VILMA. .EL SEÑOR TERAN QUIEN VIVE CERCA DE Ml CASA,.. .ASI COMO OTRAS PERSONAS QUE VIVEN EN EL MIMSO SECTOR,.. .A ESO DE LAS 08:30 HORAS DE LA NOCHE APROXIMADAMENTE LLEGÓ ENRRY MUY TOMADPO QUIEN LE DIJO A UNO DE LOS PRESENTES QE VENÍA DE JUGAR POOL. . . EN ESO VEO QE ENRRY CAYO SENTADO SOBRE LAS PIERNAS DE LA SEÑORA VILMA Y ESTA LE TOCO UN ARMA QUE TENIA EN LA ESPALDA A LO QUE ELLA LE DIJO QUE SE LO DIERA A GUARDAR A SU HIJO DE NOMBRE ENRIQUE MEDICI, EL LE DIJO QUE NO YA QUE ERA DE EL,.. .A LOS MINUTOS 01 UN DISPARO LUEGO VI LLEGAR A UNA PERSONA QUE LLEVABA UN ARMA EN LA MANO, QUIEN SE ACERCO HASTA DONDE ESTABA ENRRY Y LE DIO CON LA RODILLA POR DETRÁS PARA QUE CAYERA ARRODILLADO SACANDOLE EL ARMA QUE TENIA
EN LA ESPALDAY SALlO NUEVAMENTE CORRIENDO TOMANDO LA CALLE CHURUGUARA. ACTA DE ENTREVISTA, suscrita por el ciudadano IBIS JOSE SANCHEZ, titular de la cedula de identidad numeró V-15.503.926, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas y donde entre otras cosas manifestó: “. . .YO ME ENCONTRABA EN LA BODEGUITA LOS ABUELITOS CELEBRANDO Ml CUMPLEAÑOS EN COMPAÑÍA DE ENRRY MARTINEZ, OTRAS PERSONAS DE LA CUALES DESCONOZCO SUS NOMBRES, AL MOMENTO QE ME PARO A PEDIR UNAS CERVEZAS Y UNA CAJA DE CIGARRILLOS, EN ESE MOMENTO SENTI UNA DISPARO Y VOLTEO, CUANDO VEO A ENRRY TIRADO EN EL PISO Y DOS CHAMOS QUE ESTABAN SALIENDO EN VELOZ CARRERA EN SENTIDO HACIA LA CALLE CHURUGUARA, ENTONCES AGARRE A ENRRY, LE SAQUE LAS LLAVES DE LA CAMIONETA Y LO MONTE CON ENRIQUE LLEVANDOLO HASTA LA CLINICA LA FAMILIA...”
PRECEPTO JURIDICO APLICABLE
La Fiscal 6ta del Ministerio Público, DRA. DILIA GUTIERREZ, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, acusó formalmente al ciudadano IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÒN DE UN ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, establecido en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal en concordancia con el artículo 424 ejusdem.
FUNDAMENTOS DE LA IMPUTACIÓN
Realizada la investigación preliminar, la Fiscalía observó que surgen suficientes elementos para considerar que el ciudadano quien dice ser formalmente IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ, por el delito HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÒN DE UN ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, establecido en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal en concordancia con el artículo 424 ejusdem, y en ello se fundamentó para presentar la acusación contra el prenombrado ciudadanos siendo los que a continuación se determinan:
1- ACTA DE DENUNCIA, de fecha 25/08/2009, interpuesta por el ciudadano: GUELVYS JESUS LUGO MARTINEZ, ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en los folios 2 al 3, de la primera pieza. 2- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/08/2010, al ciudadano ENRIQUE MEDICI COLI, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 7 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es la víctima en el presente hecho 3- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24/08/2010, al ciudadano IBIS JOSE SANCHEZ, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 9 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es la víctima en el presente hecho; 4- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27/08/2009, suscrita por el funcionario Agente DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 15 de la primera pieza, en la cual deja constancia de la llamada telefónica recibida; 5- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27/08/2009; suscrita por el Funcionario Agente CARLOS RIERA y RAFAEL MOTA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 16 de la primera pieza, en la cual deja constancia de la llamada telefónica recibida y el traslado a la Clínica donde acontecieron los hechos; 6.- ACTA DE INSPECCION TECNICA, de fecha 27/08/2009, nº 1883, suscrita por el Detective RAFAEL MOTA y Agente CARLOS RIERA, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 17 al 20 de la primera pieza, en la cual dejan constancias de las características y heridas del cadáver de una persona adulta; 7.- ACTA DE INSPECCION TECNICA, de fecha 27/08/2009, nº 1884, suscrita por el Detective RAFAEL MOTA y Agente CARLOS RIERA, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 21 al 25 de la primera pieza, en la cual dejan constancias de las características y heridas del cadáver de una persona adulta; 8.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2010, al ciudadano MARTINEZ SANCHEZ NERSO ANTONIO, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 26 y 27 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es testigo en el presente hecho 9,- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 28/08/2010, al ciudadano GARCIA VICTOR MANUEL, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 36 y 37 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es testigo en el presente hecho; 10.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA, de fecha 27/08/2009, Nº 1442, suscrito por la Anotomopatòlogo Forense DRA. MERY RODRIGUEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 32 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar que originaron la muerte del hoy occiso; 11:- ACTA DE DEFUNCIÒN, nº 190, folio 381 del libro de Defunciones de fecha 01/09/2010, la cual riela en el folio 46 y 47 de la primera pieza de la causa; 12.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, Nº 9700-175-SST: 591 de fecha 01/10/2009, suscrita por el Agente RAMON GUARECUCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 50 de la primera pieza. PRUEBAS TESTIMONIALES: 1- Se ofrece el testimonio de los funcionarios RAMON GUARECUCO y VICTOR BELLO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección Técnica Nº 1974 de fecha 25/08/2009, 2- Se ofrece el testimonio del Detective RAFAEL MOTA y Agente CARLOS RIERA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección Técnica Nº 1883 y 1884 de fecha 27/08/2009, 3- Se ofrece el testimonio de la DRA. MERY RODRIGUEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Departamento de Ciencias Forenses del Estado Falcón, por cuanto depondrá sobre las diligencias practicadas en el protocolo de autopsia, 4- Se ofrece el testimonio del ciudadano Agente RAMON GUARECUCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre la experticia de Reconocimiento legal nº 9700-175-SST: 591, de fecha 01/10/2009; 5- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación penal de fecha 27/08/2009; 6- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE CARLOS RIERA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación criminal de fecha 27/08/2009, 7- Se ofrece el testimonio del ciudadano GUELVYS JESUS LUGO MARTINEZ, como TESTIGO del presente hecho 8- Se ofrece el testimonio del ciudadano COLI DE MEDICI LUIGIA, como presencial. ,9- Se ofrece el testimonio del ciudadano IBIS JOSE SANCHEZ, como presencial 10- Se ofrece como testigo el testimonio del ciudadano MEDICI COLI ENRIQUE, como testigo de los hechos; 11.- Se ofrece como testigo el testimonio del ciudadano NERSO ANTONIO MARTINEZ SANCHEZ; 12.- Se ofrece como testigo el testimonio del ciudadano VICTOR MANUEL GARCIA, como testigo de los hechos.
PRUEBAS OFRECIDAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO.
En cuanto a las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Público, considera este Tribunal procedente ADMITIR LAS PRUEBAS PRESENTADAS por considerar que las mismas se refieren directamente al objeto de la investigación y por ser útiles al descubrimiento de la verdad, a efecto de la celebración del respectivo debate oral y público, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 330, ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
MEDIOS DE PRUEBAS
De los medios de pruebas ofrecidos por el Fiscal del Ministerio Público para ser evacuados durante el debate oral y público, por considerar que son necesarios y pertinentes para comprobar la comisión del delito que se le imputa al ciudadano IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ, como su culpabilidad, este Tribunal, verificada la licitud en la obtención de los mismo, así como su utilidad, necesidad y pertinencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a lo previsto en el artículo 330 numeral 9º Ejúsdem, ADMITE LOS SIGUIENTES MEDIOS PROBATORIOS, para ser evacuados en juicio oral y público los siguientes: 1- ACTA DE DENUNCIA, de fecha 25/08/2009, interpuesta por el ciudadano: GUELVYS JESUS LUGO MARTINEZ, ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en los folios 2 al 3, de la primera pieza. 2- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 25/08/2010, al ciudadano ENRIQUE MEDICI COLI, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 7 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es la víctima en el presente hecho 3- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 24/08/2010, al ciudadano IBIS JOSE SANCHEZ, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 9 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es la víctima en el presente hecho; 4- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27/08/2009, suscrita por el funcionario Agente DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 15 de la primera pieza, en la cual deja constancia de la llamada telefónica recibida; 5- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 27/08/2009; suscrita por el Funcionario Agente CARLOS RIERA y RAFAEL MOTA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 16 de la primera pieza, en la cual deja constancia de la llamada telefónica recibida y el traslado a la Clínica donde acontecieron los hechos; 6.- ACTA DE INSPECCION TECNICA, de fecha 27/08/2009, nº 1883, suscrita por el Detective RAFAEL MOTA y Agente CARLOS RIERA, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 17 al 20 de la primera pieza, en la cual dejan constancias de las características y heridas del cadáver de una persona adulta; 7.- ACTA DE INSPECCION TECNICA, de fecha 27/08/2009, nº 1884, suscrita por el Detective RAFAEL MOTA y Agente CARLOS RIERA, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riera en el folio 21 al 25 de la primera pieza, en la cual dejan constancias de las características y heridas del cadáver de una persona adulta; 8.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2010, al ciudadano MARTINEZ SANCHEZ NERSO ANTONIO, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 26 y 27 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es testigo en el presente hecho 9,- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 28/08/2010, al ciudadano GARCIA VICTOR MANUEL, rendida ante al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 36 y 37 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es testigo en el presente hecho; 10.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA, de fecha 27/08/2009, Nº 1442, suscrito por la Anotomopatòlogo Forense DRA. MERY RODRIGUEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo , que riera en el folio 32 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar que originaron la muerte del hoy occiso; 11:- ACTA DE DEFUNCIÒN, nº 190, folio 381 del libro de Defunciones de fecha 01/09/2010, la cual riela en el folio 46 y 47 de la primera pieza de la causa; 12.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, Nº 9700-175-SST: 591 de fecha 01/10/2009, suscrita por el Agente RAMON GUARECUCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 50 de la primera pieza. PRUEBAS TESTIMONIALES: 1- Se ofrece el testimonio de los funcionarios RAMON GUARECUCO y VICTOR BELLO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección Técnica Nº 1974 de fecha 25/08/2009, 2- Se ofrece el testimonio del Detective RAFAEL MOTA y Agente CARLOS RIERA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección Técnica Nº 1883 y 1884 de fecha 27/08/2009, 3- Se ofrece el testimonio de la DRA. MERY RODRIGUEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Departamento de Ciencias Forenses del Estado Falcón, por cuanto depondrá sobre las diligencias practicadas en el protocolo de autopsia, 4- Se ofrece el testimonio del ciudadano Agente RAMON GUARECUCO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre la experticia de Reconocimiento legal nº 9700-175-SST: 591, de fecha 01/10/2009; 5- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE DREWIN GRANADILLO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación penal de fecha 27/08/2009; 6- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE CARLOS RIERA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación criminal de fecha 27/08/2009, 7- Se ofrece el testimonio del ciudadano GUELVYS JESUS LUGO MARTINEZ, como TESTIGO del presente hecho 8- Se ofrece el testimonio del ciudadano COLI DE MEDICI LUIGIA, como presencial. ,9- Se ofrece el testimonio del ciudadano IBIS JOSE SANCHEZ, como presencial 10- Se ofrece como testigo el testimonio del ciudadano MEDICI COLI ENRIQUE, como testigo de los hechos; 11.- Se ofrece como testigo el testimonio del ciudadano NERSO ANTONIO MARTINEZ SANCHEZ; 12.- Se ofrece como testigo el testimonio del ciudadano VICTOR MANUEL GARCIA, como testigo de los hechos.
Ahora bien, una vez visto y analizado como ha sido el escrito de ACUSACIÓN presentado por la Representante de la Vindicta Pública, a la luz de las exigencias establecidas en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal observa que la misma cumple con los requisitos exigidos en la señalada ley adjetiva penal por lo que lo procedente es ADMITIR EL ESCRITO DE ACUSACIÓN presentado por la representante Fiscal, en contra del ciudadano IRVIN RAFAEL ARNAEZ ALVAREZ venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha 04-09-1989, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 20.797.223, estado civil: soltero, domiciliado en los Rosales Parcelamiento casa S/N sin frisar, Punto Fijo, Estado Falcón, por el delito HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÒN DE UN ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, establecido en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal en concordancia con el artículo 424 ejusdem.
En consecuencia, se emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco (5) días concurran ante el Juez de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, que le corresponda el conocimiento de la presente causa. En consecuencia remítanse las actuaciones relacionadas con la presente causa. Provéase lo conducente. Y ASÍ SE DECLARA.-
LA JUEZ,
KARLA MORALES MORA
EL SECRETARIO,
ABG. GREGORY COELLO