REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 26 de Junio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2010-005262
ASUNTO : IP11-P-2010-005262


ACTA DE AUDIENCIA
JUEZ: ABG. KARLA MORALES MORA
FISCAL: SEXTO DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. DILIA GUTIERREZ
SECRETARIO: ABG GREGORY COELLO
DEFENSOR (A): HERMES AREVALO SERRANO


AUTO DE APERTURA A JUICIO

Visto el acto de AUDIENCIA PRELIMINAR, realizada en este Tribunal en fecha 13/06/2012, mediante la cual este Juzgado ADMITIÓ PARCIALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACIÓN, presentado por el Fiscal Sexta del Ministerio Público ABOG. DILIA GUTIERREZ, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en contra de los ciudadanos EDGAR RAFAEL MARTINEZ NAVEDA y RAFAEL ANTONIO PIMENTEL ALVAREZ, por el delito de ROBO AGRAVADO, ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, establecido en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, 5 Y 6 ordinales 1, 2, 3, 5 de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehículos y el artículo 6 de la ley contra la Delincuencia Organizada; este Despacho de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a fundamentar el correspondiente Auto ordenando la Apertura a Juicio en los siguientes términos:

IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO:

EDGAR RAFAEL MARTINEZ NAVEDA, venezolano, nacido en fecha: 28-02-1986, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad 18.698.947, de estado civil: soltero, grado de instrucción: Bombero profesional, domiciliado en Calle Girardot entre panamá y Uruguay casa Nro. 53, Punto Fijo, Estado Falcón, oficio: Brigada de Rescate del Cuerpo de Bombero Municipio Carirubana, hijo de Magalis Naveda y Edgar Martínez RAFAEL ANTONIO PIMENTEL ALVAREZ, venezolano, nacido en fecha: 21-02-1989, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad 19.059.896, de estado civil: soltero, grado de instrucción: bachiller, domiciliado en Calle Uruguay con Ayacucho, casa S/N de color roja, Punto Fijo, Estado Falcón, oficio: estudiante, hijo de Maribel Álvarez y Rafael Pimentel.

HECHOS OBJETO DEL JUICIO:

En el presente caso, consta en el acta policial suscrita por funcionarios adscritos al Comando de la Policía de Falcón Zona Policial No. 2, en la cual dejan constancia de lo siguiente:..” En fecha 04 de octubre del año 2010, siendo aproximadamente las 2:50 horas de la tarde, se recibió llamada radiofónica a los funcionarios actuantes del presente procedimiento, en el cual les informaban que se acaba de cometer un secuestro y que el agraviado se encontraba en el puesto policial de la Avenida Jacinto Lara ya que había logrado escapar de sus captores, se trasladaron al sitio y al llegar el ciudadano se encontraba allí y les dio la información al respecto en la cual se trataba de un vehículo logan Renault de color azul placas VDA07U, donde se encontraban tres sujetos a bordo, y que uno de ellos armado lo habían secuestrado y que posteriormente habían dejado el carro abandonado y se embarcaron en un vehículo Festiva Ávila color verde placas IAD64R. Así las cosas, posteriormente los funcionarios logran visualizar al vehiculo Festiva Ávila Color verde Placas IAD64R, el cual esperaba el cambio de luz del semáforo y con las precauciones del caso rápidamente se acercaron y le dieron la voz de alto al chofer para que desembarcaran el vehículo en compañía de las personas que se encontraba transportando, y una vez hecha la revisión de personas le incautaron al primero de los sujetos el cual quedó identificado como EDGAR RAFAEL MARTÍNEZ NAVEDA, una caja de material vegetal con la palabra ONIDA, contentiva de un arma de fuego tipo escopeta, cacha de material sintético color negro, calibre 12 mm, y un estuche de material sintético color negro con la palabra pioneer contentivo de un radio reproductor marca pioneer, serial No. GGMQ010934EC, con su frontal de color negro y de la misma marca, al segundo de los sujetos que quedó identificado como RAFAEL ANTONIO PIMENTEL ALVAREZ, se le incautó dos cascos para motorizados de color rojo con gris y en su parte trasera la palabra britanic, un asiento para motocicleta de material sintético color rojo con negro, marca jaguar con la palabra que se lee DUNLOP, un volante para motocicleta de color rojo, un par de mangos para motocicletas de material metálico y sintético de color negro empacados en una bolsa de material sintético transparente con una palabra que se lee solpart, los cuales no presentaron las facturas de tales objetos, y el tercero de los sujetos era un adolescente de 16 años de edad, a quien igualmente se le incautó un retazo de aproximadamente dos metros de cinturón de seguridad de vehículo nova Renault color azul, placas VDA07U, dos tarjetas de debito una del banco Mercantil y otra del Banco Occidental de Descuento, ambas con el nombre de WILKAN PERDOMO, entre otras cosas, y el cuarto sujeto era el chofer del segundo taxi el ciudadano JESÚS ALBERTO GARCES, a quien no se le incautó ningún elemento de interés criminalistico, denunciando entonces la víctima WILKAR ANTONIO PERDOMO, que estos ciudadanos le pidieron un servicio de taxi hacia Bella Vista, y se montaron en su taxi, y que cuando llegaban a Bella Vista, uno de los sujetos que iba en el puesto de atrás le puso un arma en el cuello, diciéndole que no lo iban a matar que se quedara tranquilo que era un secuestro, y que si yo tenía familia en la ciudad, luego lo sentaron atrás, lo vendaron, lo ataron, le dieron varias vueltas sin conocer a que lugares fueron, hicieron varias paradas, luego dijeron que ya venían que iban a buscar unas cosas, y la víctima al no oírlos mas se soltó y salió corriendo detrás de ellos, viendo hacia donde se dirigían por la Avenida jacinto Lara, llegó al puesto Policial que esta en esa Avenida y le informó a una mujer policía, pasaron la información por radio, informó también la víctima que los sujetos se montaron en un Vehiculo de color verde, llegaron los motorizados y comenzó la persecución hasta que le dieron alcance y captura, cerca de la Escuela Menegrande, quedando identificados como se especificó supra, quedando los ciudadanos detenidos…”


PRECEPTO JURIDICO APLICABLE

La Fiscal 6ta del Ministerio Público, DRA. DILIA GUTIERREZ, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, acusó formalmente al ciudadano EDGAR RAFAEL MARTINEZ NAVEDA y RAFAEL ANTONIO PIMENTEL ALVAREZ, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el articulo 458 y 83 del ambos Código Penal y de AGAVILLAMIENTO previsto y sancionado en el articulo 286 ejusdem.

FUNDAMENTOS DE LA IMPUTACIÓN

Realizada la investigación preliminar, la Fiscalía observó que surgen suficientes elementos para considerar que los ciudadanos quienes dicen ser formalmente EDGAR RAFAEL MARTINEZ NAVEDA y RAFAEL ANTONIO PIMENTEL ALVAREZ, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el articulo 458 y 83 del ambos Código Penal y de AGAVILLAMIENTO previsto y sancionado en el articulo 286 ejusdem, y en ello se fundamentó para presentar la acusación contra el prenombrado ciudadanos siendo los que a continuación se determinan:

1- ACTA POLICIAL, de fecha 04/10/2010, suscrita por los Funcionarios Distinguido Júnior José Pirona Naveda, adscrito a la Policía de Falcón, Zona Policial nº 2, en la cual deja constancia de la actuación policial realizada en compañía de los funcionarios RENZO VERA, JONATHAN ROMERO, BETTY LANOY, EGLISS LUIS SANCHEZ, MAYKEL BARRERAS, LUIS ALBERTO CHIRINOS, ANGEL GARCIA y ALEJANDRO LAGUNA, que riera en los folios 3 al 7 mo, de la primera pieza. 2- ACTA DE DENUNCIA, de fecha Nº 0661 de fecha 04/10/2010, rendida por el ciudadano WILKAR ANTONIO PERDOMO, que riela en folio 9. de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es la víctima en el presente hecho 3- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 04//10/2010, rendida, por el ciudadano JESUS ALBERTO GARCES, que riela en folio 11 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona uno de los testigos en el presente hecho 4- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, Nº 9700-175-DT: 0528 de fecha 05/10/2010, suscrita por los Agentes RAMON GUARECUCO y YOSELIN CARRERA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 43 y 44 de la primera pieza. 5- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, nº 781, de fecha 05/10/2010, suscrita por ANTHONY MANUEL DA CAMARA CONDALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 46 de la primera pieza, 6- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, nº 780, de fecha 05/10/2010, suscrita por ANTHONY MANUEL DA CAMARA CONDALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 47 de la primera pieza, 7- ACTA DE INSPECCION TECNICA S/N , expediente I-672-163, de fecha 05/10/2010, suscrita por los funcionarios RAFAEL MOTA y SAUL ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 50 y 51 de la primera pieza. 8-ACTA DE RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE INDIVIDUOS , de fecha 08/10/2010, realizada ante este Tribunal y en la cual participaron como reconocidos los hoy imputados y como reconocedor el ciudadano WILKAR ANTONIO PERDOMO, reconociendo este a los hoy acusados, dicha acta riela en el folio 54 a la 57 de la primera pieza -. PRUEBAS TESTIMONIALES: 1- se ofrece el testimonio de los funcionarios RAMON GUARECUCO y YOSELIN CARERA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Experticia de Reconocimiento legal Nº 9700-175-DT: 0528, 2- Se ofrece el testimonio del Agente ANTHONY MANUEL DA CAMARA CONDALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Experticia de Reconocimiento legal Nº 780 y 781, 3- Se ofrece el testimonio del Funcionario RAFAEL MOTA y SAUL ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección técnica S/N Expediente I-672.163 de fecha 05/10/2010, realizada a un vehículo, 4- Se ofrece el testimonio del ciudadano Detective RAFAEL MOTA y SAUL ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección técnica S/N Expediente I-672.163 de fecha 05/10/2010, al sitio al cual indican en el folio 50, 5- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE NESTOR PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación criminal de fecha 05/10/2010; 6- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE NESTOR PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación criminal de fecha 05/10/2010, 7- Se ofrece el testimonio de los ciudadanos RENZO VERA, JONATHAN ROMERO, BETTY LANOY, EGLISS LUIS SANCHEZ, MAYKEL BARRERAS, LUIS ALBERTO CHIRINOS, ANGEL GARCIA y ALEJANDRO LAGUNA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quienes depondrán acerca de la diligencia practicadas y que consta en el acta Policial de fecha 04/10/2010,8- Se ofrece el testimonio del ciudadano WILKAR ANTONIO PERDOMO, como VÌCTIMA del presente hecho 9- Se ofrece el testimonio del ciudadano JESÚS ALBERTO GARCES, como testigo presencial. 10- Se ofrece como testigo el testimonio de la ciudadana CARMEN DIANORA JORDAN DE CRUZ, como testigo de los hechos, la cual riela al folio 97 de la causa. En cuanto a los medios de pruebas ofrecidos por la Defensa, se admiten los siguientes: PRUEBAS OFRECIDAS POR LA DEFENSA: DOCUMENTALES: 1.- ACTA DE INSPECCION TECNICA Nº 0916 de fecha 25/10/2010, emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas realizada a un vehículo marca: Renault, modelo Logan. TESTIMONILAES: 1.- Se ofrece como testigos presénciales a DOUGLAS JOSE VICENTE SANCHEZ, titular de la cedula de idenditidad Nº V- 9.807.604, domiciliado en Calle Uruguay entre Ayacucho y Progreso Nº 87-62, en Punto Fijo. 2.- Se ofrece como testigos presénciales a ALEXFRAN JOSE MUJICA ARIAS; titular de la cedula de identidad Nº 16.438.095, domiciliado en Calle las Piñas entre Girardot y Zamora casa 43, sector Irene; Punto Fijo, Estado Falcón; 3.- Se ofrece como testigos presénciales a NORIS LORENA ROJAS MORA; titular de la cedula de identidad Nº 14.867.857, domiciliado en Calle Girardot entre Panamá y Uruguay casa sin numero, Punto Fijo, Estado Falcón, todos ellos identificados y señalando domicilio a los fines de ser ubicados en el folio 157 de la causa, por ser testigos presénciales de la detención de los hoy acusados; 4.- Se ofrece el testimonio de los ciudadanos RAMON GUARECUCO y YOSELIN CARERA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre la Inspección técnica.

PRUEBAS OFRECIDAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO.

En cuanto a las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Público, considera este Tribunal procedente ADMITIR LAS PRUEBAS PRESENTADAS por considerar que las mismas se refieren directamente al objeto de la investigación y por ser útiles al descubrimiento de la verdad, a efecto de la celebración del respectivo debate oral y público, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 330, ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.




MEDIOS DE PRUEBAS

De los medios de pruebas ofrecidos por el Fiscal del Ministerio Público para ser evacuados durante el debate oral y público, por considerar que son necesarios y pertinentes para comprobar la comisión del delito que se le imputa al ciudadano EDGAR RAFAEL MARTINEZ NAVEDA y RAFAEL ANTONIO PIMENTEL ALVAREZ, como su culpabilidad, este Tribunal, verificada la licitud en la obtención de los mismo, así como su utilidad, necesidad y pertinencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a lo previsto en el artículo 330 numeral 9º Ejúsdem, ADMITE LOS SIGUIENTES MEDIOS PROBATORIOS, para ser evacuados en juicio oral y público los siguientes: 1- ACTA POLICIAL, de fecha 04/10/2010, suscrita por los Funcionarios Distinguido Júnior José Pirona Naveda, adscrito a la Policía de Falcón, Zona Policial nº 2, en la cual deja constancia de la actuación policial realizada en compañía de los funcionarios RENZO VERA, JONATHAN ROMERO, BETTY LANOY, EGLISS LUIS SANCHEZ, MAYKEL BARRERAS, LUIS ALBERTO CHIRINOS, ANGEL GARCIA y ALEJANDRO LAGUNA, que riera en los folios 3 al 7 mo, de la primera pieza. 2- ACTA DE DENUNCIA, de fecha Nº 0661 de fecha 04/10/2010, rendida por el ciudadano WILKAR ANTONIO PERDOMO, que riela en folio 9. de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona es la víctima en el presente hecho 3- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 04//10/2010, rendida, por el ciudadano JESUS ALBERTO GARCES, que riela en folio 11 de la primera pieza, en la cual deja constancia de las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ya que dicha persona uno de los testigos en el presente hecho 4- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, Nº 9700-175-DT: 0528 de fecha 05/10/2010, suscrita por los Agentes RAMON GUARECUCO y YOSELIN CARRERA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 43 y 44 de la primera pieza. 5- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, nº 781, de fecha 05/10/2010, suscrita por ANTHONY MANUEL DA CAMARA CONDALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 46 de la primera pieza, 6- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, nº 780, de fecha 05/10/2010, suscrita por ANTHONY MANUEL DA CAMARA CONDALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 47 de la primera pieza, 7- ACTA DE INSPECCION TECNICA S/N , expediente I-672-163, de fecha 05/10/2010, suscrita por los funcionarios RAFAEL MOTA y SAUL ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, que riela en el folio 50 y 51 de la primera pieza. 8-ACTA DE RECONOCIMIENTO EN RUEDA DE INDIVIDUOS , de fecha 08/10/2010, realizada ante este Tribunal y en la cual participaron como reconocidos los hoy imputados y como reconocedor el ciudadano WILKAR ANTONIO PERDOMO, reconociendo este a los hoy acusados, dicha acta riela en el folio 54 a la 57 de la primera pieza -. PRUEBAS TESTIMONIALES: 1- se ofrece el testimonio de los funcionarios RAMON GUARECUCO y YOSELIN CARERA, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Experticia de Reconocimiento legal Nº 9700-175-DT: 0528, 2- Se ofrece el testimonio del Agente ANTHONY MANUEL DA CAMARA CONDALES, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Experticia de Reconocimiento legal Nº 780 y 781, 3- Se ofrece el testimonio del Funcionario RAFAEL MOTA y SAUL ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección técnica S/N Expediente I-672.163 DE FECHA 05/10/2010, realizada a un vehículo, 4- Se ofrece el testimonio del ciudadano Detective RAFAEL MOTA y SAUL ROMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, por cuanto depondrán sobre las diligencias practicadas en la Inspección técnica S/N Expediente I-672.163 de fecha 05/10/2010, al sitio al cual indican en el folio 50, 5- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE NESTOR PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación criminal de fecha 05/10/2010; 6- Se ofrece el testimonio del ciudadano AGENTE NESTOR PEREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quien depondrá acerca de la diligencia que consta en el acta de investigación criminal de fecha 05/10/2010, 7- Se ofrece el testimonio de los ciudadanos RENZO VERA, JONATHAN ROMERO, BETTY LANOY, EGLISS LUIS SANCHEZ, MAYKEL BARRERAS, LUIS ALBERTO CHIRINOS, ANGEL GARCIA y ALEJANDRO LAGUNA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalìsticas, Sub Delegación Punto Fijo, quienes depondrán acerca de la diligencia que consta en el acta Policial de fecha 04/10/2010,8- Se ofrece el testimonio del ciudadano WILKAR ANTONIO PERDOMO, como VÌCTIMA del presente hecho 9- Se ofrece el testimonio del ciudadano JESÚS ALBERTO GARCES, como testigo presencial. 10- Se ofrece como testigo el testimonio de la ciudadana CARMEN DIANORA JORDAN DE CRUZ, como testigo de los hechos, la cual riela al folio 97 de la causa.

Ahora bien, una vez visto y analizado como ha sido el escrito de ACUSACIÓN presentado por la Representante de la Vindicta Pública, a la luz de las exigencias establecidas en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal observa que la misma cumple con los requisitos exigidos en la señalada ley adjetiva penal por lo que lo procedente es ADMITIR PARCIALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACIÓN presentado por la representante Fiscal, en contra de los ciudadanos EDGAR RAFAEL MARTINEZ NAVEDA, venezolano, nacido en fecha: 28-02-1986, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad 18.698.947, de estado civil: soltero, grado de instrucción: Bombero profesional, domiciliado en Calle Girardor entre panamá y Uruguay casa Nro. 53, Punto Fijo, Estado Falcón, oficio: Brigada de Rescate del Cuerpo de Bombero Municipio Carirubana, hijo de Magalis Naveda y Edgar Martínez RAFAEL ANTONIO PIMENTEL ALVAREZ, venezolano, nacido en fecha: 21-02-1989, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad 19.059.896, de estado civil: soltero, grado de instrucción: bachiller, domiciliado en Calle Uruguay con Ayacucho, casa S/N de color roja, Punto Fijo, Estado Falcón, oficio: estudiante, hijo de Maribel Álvarez y Rafael Pimentel, por el delito de de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto y sancionado en el articulo 458 y 83 del ambos Código Penal. Toda vez que considera este Juzgado que no se encuentran llenas las circunstancias de modo, tiempo y lugar para admitir la acusación por el delito de ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, ya que se observa plenamente en las actas procesales como ocurrieron los hechos, y tal circunstancia es materia del Juicio oral y público y la misma quedará a criterio del Juez en el debate del juicio oral y público, anunciar algún cambio de calificación jurídica si así lo considera.

En consecuencia, se emplaza a las partes para que en un plazo común de cinco (5) días concurran ante el Juez de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, que le corresponda el conocimiento de la presente causa. En consecuencia remítanse las actuaciones relacionadas con la presente causa. Provéase lo conducente. Y ASÍ SE DECLARA.-
LA JUEZ,

KARLA MORALES MORA



EL SECRETARIO,


ABG. GREGORY COELLO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-

EL SECRETARIO,


ABG. GREGORY COELLO

KMMM/gc