REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, Jueves veintiuno (21) de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-000548
ASUNTO : IP11-P-2006-000548

AUTO DE CONSTITUCION DE TRIBUNAL UNIPERSONAL.-

Revisado como fuera el presente asunto penal seguido en contra de los ciudadanos JESUS ANTONIO DIAZ MARIN y WILLIAN RAFAEL GUTIERREZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO; en perjuicio del quien en vida respondiera al nombre de ENRIQUE CHACON y ESTADO VENEZOLANO, respectivamente; mediante la cual se constata que no ha sido reprogramado la audiencia correspondiente a la Depuración y Constitución del Tribunal Mixto fijada para el día 30.05.2012, la cual no se llevo a efecto por encontrarse esta Juzgadora de permiso acordado por la Rectoría de la Circunscripción Judicial del estado Falcón; por lo que esta Juzgadora realiza la siguiente consideración:
UNICO: Como quiera que toda vez que en Gaceta Oficial Nº 6078 de fecha 18.06.2012 fue reformado el Código Orgánico Procesal Penal el cual en sus Disposiciones Finales refiere textualmente lo siguiente: “…Segunda. Vigencia anticipada. Con la publicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, entrarán en vigencia anticipada, los artículos 38, 41, 43, 111, 122, 127, 156, el Título II de la Fase Intermedia que comprende los artículos del 309 al 314, y Título III del Juicio Oral que comprende los artículos del 315 al 352, inclusives, del Libro Segundo del Procedimiento Ordinario, así como los artículos 374, 430 y 488. Igualmente, con la publicación en Gaceta Oficial, del presente Decreto-Ley, quedan eliminados los Tribunales Mixtos. En los procesos en curso donde ya se encuentren constituidos los Tribunales Mixtos, aplicarán las disposiciones del Código anterior, respecto a los escabinos, en cuanto sea aplicable....”; se ACUERDA: REPROGRAMAR JUICIO ORAL Y PUBLICO para el día JUEVES VEINTISEIS (26) DE JULIO A LAS ONCE (11:00 A.M) DE LA MAÑANA, fecha esta, en virtud de la cantidad de los actos fijados en la agenda Única Llevada por este despacho, de conformidad a lo establecido en la sentencia N° 483 de fecha 14-04-2005, expediente N° 050265 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Se ordena notificar a las partes intervinientes en el presente asunto penal- Cúmplase. Agréguese y publíquese.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO

ABG. CLAUDIA RENATA BRACHO PEREZ
LA SECRETARIA

ABG. RITA CACERES