REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, Viernes (29) de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-000130
ASUNTO : IP11-P-2006-000130

AUTO DE NUEVA ACUMULACION DEL ASUNTO IP11-P-2005-000780.-

Verificado como fuera nuevamente el presente asunto penal y constatada la resolución emitida por este Órgano Jurisdiccional en fecha 30.04.2012, de la cual se extrae textualmente lo siguiente: “…De esta forma, teniéndose en cuenta de manera clara que el motivo por el cual fueran ordenadas las acumulaciones de los asuntos penales de los precitados asuntos penales para la fecha del 22.12.2010 se encuentra CESADO; es por lo que en consecuencia se acuerda PRIMERO: Desacumular el asunto penal Nº IP11-P-2006-000151, seguido en la actualidad en contra del ciudadano JOSE RAFAEL PUYOSA PEREZ, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ÍLICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: En lo que respecta al asunto penal signado bajo el Nº IP11-P-2006-000130, en el cual se encuentra acumulado el asunto IP11-P-2005-000780: seguido ambos en contra del ciudadano ELVIS JOSÉ FELIPE COHEN, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ÍLICITO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer aparte, concatenado con lo establecido en el artículo 46 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometidos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; se mantiene su acumulación, de conformidad con lo previsto en los artículos 65 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Toda vez consta en la presente causa la constitución de un Tribunal Mixto con Escabinos, el cual se constituyera en el asunto principal (IP11-P-2006-000130) en fecha 02.03.2007 y en el asunto acumulado IP11-P-2005-000780 que en fecha 28.07.2006, se constituyera de manera Unipersonal; es por lo que en consecuencia a los fines de garantizar quien aquí decide el Derecho Constitucional a la Participación Ciudadana, se INSTA al secretario adscrito a este Órgano Jurisdiccional a la Fijación de una audiencia oral a objeto de escuchar a las partes intervinientes en el presente proceso, con respecto a la constitución del tribunal, el cual será el encargado de conocer del presente juicio oral a desarrollarse en la oportunidad correspondiente. CUARTO: Una vez desacumulado el asunto penal IP11-P-2006-000151, seguido en la actualidad en contra del ciudadano JOSE RAFALE PUYOSA PEREZ, se INSTA al secretario adscrito a este Órgano Jurisdiccional a la Fijación del Juicio Oral y Público, el cual se encuentra constituido de manera mixta desde la fecha del 19.07.2006…”; y como quiera que en fecha 15.06.2012 se procedió de manera meramente involuntario a la desacumulacion del asunto IP11-P-2005-000780 siendo el correcto el asunto IP11-P-2006-000151; es por lo que en consecuencia, se procede una vez verificado el error a subsanarlo de manera inmediata, ordenando la acumulación y desacumulacion respectiva.
Por otra parte, dado que de la verificación del sistema Juris2000 se constata que el asunto penal IP11-P-2006-000151 le corresponde sistemáticamente al Juzgado Segundo en funciones de Juicio extensión Punto Fijo (tal y como se constata del grafico que se anexa a continuación) se acuerda su remisión inmediata a los fines de continuar su procedimiento legal respectivo, toda vez que en sentencia Definitiva de fecha veintidós (22) días del mes de diciembre de dos mil diez (2010), el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón se acordó la apertura del cuaderno separado relacionado con el referido asunto quedando signado bajo el Nº IK01-P2011-00002; siendo remitido a esta extensión Judicial en fecha 07.02.2012 a través de comunicación Nº 3J-191-2012 de fecha 01.02.2012 emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro e ingresado por error de la Unidad de Recepción de Distribución de Documentos del Departamento de Alguacilazgo en el asunto IP11-P-2006-000130; debiendo en consecuencia remitirse de manera inmediata a su Juzgado de origen.-

De igual forma, se procede a dejar constancia a través del presente auto, que bien es cierto que el asunto penal signado bajo el Nº IP11-P-2005-000780 sistemáticamente se encuentra registrado en el Juzgado Segundo en funciones de Juicio extensión Punto Fijo, dicha acumulación obedece a los establecido en el articulo 71 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de ser el delito de Homicidio Intencional el de mayor cuantía de su pena; acordando para ello oficiar al Centro de Soporte del Sistema JURIS2000 a objeto de la constatación de dicha acumulación a nivel sistemático.- Cúmplase. Agréguese.-


LA JUEZA PRIMERA EN FUNCIONES DE JUICIO
ABOG. CLAUDIA RENATA BRACHO PEREZ.

LA SECRETARIA

ABG. RITA CACERES