REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 21 de Marzo de 2012
Años: 201º y 153º
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 043-2012, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana CARMEN EMILIA CHIRINOS MEDINA; asistida por el (la) Abogado EDUIS ÁLVAREZ, Inpreabogado N° 42.549. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que la ciudadana REYES MARÍA MEDINA de CHIRINOS, era venezolana, mayor de edad, viuda, ama de casa, titular de la cédula de identidad N° V-745.343, residenciada en la Calle Josefa Camejo, casa N° 39-A, Santa Ana de Coro, Parroquia Santa Ana, Municipio Miranda del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Siete (07) de Enero de Dos Mil Doce (2012), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 30, extendida en fecha 11/01/2012, por el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA: a su hija, ciudadana CARMEN EMILIA CHIRINOS MEDINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-5.295.282. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Veintiún (21) días del mes de Marzo de 2012. Entréguese el presente original a los interesados y provéase y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación. FC
La Juez Titular, La Secretaria Titular,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta
SOL. 043