REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: 12 de marzo de 2012
AÑOS: 201° Y 153°
SOLICITUD N°. 2012-9139
Visto el escrito presentado en fecha 09 de marzo de 2012, suscrito por la abogada NANCY JIMENEZ BENAVIDES, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 160.926, actuando con el carácter de apoderada judicial del Ciudadano ROSEMBERG ORTIZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°14.074.435, por la cual desiste del RECONOCIMIENTO DE FIRMA contenido en la presente solicitud, y solicita la devolución de los documentos originales consignados con el escrito de solicitud; en consecuencia, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACTO DE DESISTIMIENTO PASÁNDOLO CON EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese los documentos solicitados y déjese en su lugar, copia fotostática certificada de los mismos. Archívese el expediente.
Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los doce días del mes de marzo del años dos mil doce. Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZA

Abg. OSIRIS BENITEZ PETIT
LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER.
NOTA: En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Conste. Fecha ut-supra.
LA SECRETARIA

ABG. ANA VARGAS HOYER