REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍTIMO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍTIMO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS.-
Caracas, 15 de marzo de 2012
Años: 201º y 153º


Mediante diligencias de fecha ocho (8) y nueve (9) de marzo del presente año, el abogado en ejercicio GIOVANNI ROSSOMANDO DE LA ROSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.945, actuando como apoderado judicial del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA PESCA, SUS SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SIPTRABPEZ), tercero interviniente en el presente juicio, apeló de la decisión de fecha diecinueve (19) de diciembre de 2011, que declaró inadmisible la intervención del tercero intentada por escrito de fecha primero (1) de diciembre de 2011; este Tribunal oye la apelación en un solo efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 289 del Código de Procedimiento Civil.
Por otra parte, a fin de que el Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, resuelva dicha apelación, la parte apelante deberá indicar las actas conducentes, así como consignar los fotostatos correspondientes, para su previa certificación a los autos, y remitirlos mediante oficio al Juzgado antes indicado, de conformidad con lo establecido en el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ


MARCOS DE ARMAS ARQUETA

EL SECRETARIO


LUIS FELIPE DUGARTE


MDAA/LFD/br. -
Expediente Nº. 2009-000298