REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de marzo de dos mil doce (2012)
201º y 152º
ASUNTO N°: AP21-L-2011-006154
Vista la transacción presentada en fecha 16 de marzo de 2012, suscrita por el ciudadano ALBERTO SILVA, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 66.093, en su carácter de apoderado judicial de la parte Demandada, por una parte y por la otra el abogado ANGEL ROJAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 88.662, en su carácter de apoderado judicial de la parte Actora, mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 10.000,00), cancelados mediante Cheque Nº 57820926, de la Cuenta Nº 0105-0151-24-1151043710, de fecha 16 de mayo de 2012, girado contra el Banco Mercantil, a nombre de JAVIER RICARDO RODRIGUEZ, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
EL JUEZ
FRANCISCO JAVIER RIO BARRIOS
LA SECRETARIA
SUHAIL FLORES
|