REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, doce de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000197


Vista la anterior solicitud presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio Publico del Estado Falcón, mediante el cual solicita, se ordene la homologación del convenimiento de la Custodia Provisional, contenido en el acta de fecha seis (06) de marzo de 2.012, suscrito por los ciudadanos LUIS EDUARDO ROJAS ALVAREZ y DESIREE ARIANNY SEGOVIA GUANIPA, titulares de la cédulas de Identidad Nos. 13.107.581 y 16.197.394, respectivamente, en beneficio de sus hijos (SE OMITE NOMBRE), de siete (07) y diez (10) años de edad, en consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIURCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN EXTENSION EN PUNTO FIJO, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de sentencia definitiva firme ejecutoriada, sin perjuicio de que pueda ser ajustado en beneficio de los niños. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
Los hermanos (SE OMITE NOMBRE) A estarán una semana con el padre y la semana siguiente con la madre. Dichas semanas tendrán sus inicios los días domingos a las 6:00 p.m.
Se autoriza a la Secretaria de este Despacho para expedir las copias certificadas de esta decisión.
Regístrese, Publíquese y Ejecútese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón a los doce días (12) días del mes de marzo de 2012. Años 201° y 153°.



LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
ABG. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN


LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA MORENO