REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, diecinueve de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: IP31-J-2012-000172
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LORENA DEL CARMEN BERMUDEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.810.186, actuando en nombre propio y en representación de su hijos adolescentes (SE OMITE NOMBRE), debidamente asistida por la abogada en ejercicio Karina María Carreño Sánchez, Inpreabogado Nº 154.234, mediante la cual solicita, sean Declarados Únicos y Universales Herederos del ciudadano DOMINGO AURELIO MARCANO (Fallecido en fecha 26 de diciembre de 2012). Visto y examinado el Justificativo de Testigos evacuados por ante este el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, en fecha 16 de enero de 2012, acta de defunción y actas de nacimiento que se acompañan la presente Solicitud, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, SIN PERJUICIO DE IGUAL O MEJOR DERECHO QUE CORRESPONDA A TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el Artículo 16 ejusdem, y en atención a lo solicitado, se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, DEL CIUDADANO DOMINGO AURELIO MARCANO, cedula de identidad Nº 8.954.779, a la ciudadana LORENA DEL CARMEN BERMUDEZ GARCIA y a sus hijos: (SE OMITE NOMBRE).
Se faculta suficientemente al Secretario de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado.
Dado, firmado y sellado en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Falcón.
En Punto Fijo, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año 2012. Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
ABG. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
EL SECRETARIO,
ABG. IGNACIO HIDALGO RUIZ
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