REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, veintiuno de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000199

PARTE NARRATIVA
Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal, a la ciudadana BILMA YANETH BRACHO COLINA, titular de la cedula de identidad Nº V-4.793.145, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre la niña (Se omite nombre conforme al artículo 65 de la LOPNNA), hija de los ciudadanos MAX ELVIS BRACHO COLINA y LISBETH LEONOR LOYO NAMIAS, titulares de la cedulas de identidad Nº V-9.810.610 y V-12.488.035 respectivamente y en razón de que el ciudadano, contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, a la ciudadana BILMA YANETH BRACHO COLINA, antes identificada, y lleno como están los requisitos exigidos por la Ley.

PARTE MOTIVO
Siendo la oportunidad legal para decidir sobre la procedencia de la Cúratela, este Juzgador considera que existe suficiente elementos de convicción, y visto que están previsto todos los recaudos necesarios, declara con lugar lo solicitado y así se decide.

PARTE DISPOSITIVA DEL FALLO
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana BILMA YANETH BRACHO COLINA ya identificada, a fin de que lo ejerza, sobre la niña (Se omite nombre conforme al artículo 65 de la LOPNNA).
Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-
Regístrese, Publíquese y Ejecútese.
Cierre y archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo a los veintiún (21) días del mes de Marzo de dos mil doce (2012). Años 201° y 153°.


DR. FREDDY MEDINA CHACON
EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN






LA SECRETARIA

ABG. KARINA GONZALEZ MONTENEGRO


EN ESTA MISMA FECHA SIENDO LAS 11:40 AM SE DICTO Y SE PUBLICO LA PRESENTE SENTENCIA


LA SECRETARIA

ABG. KARINA GONZALEZ MONTENEGRO