REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión- Punto Fijo
Punto Fijo, seis de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : IP31-R-2011-000047
Visto el escrito de fecha 05 de marzo de 2012, presentado por el abogado Oswaldo José Moreno, venezolano, mayor de edad e inscrito en el IPSA bajo el Nº 3.563, quien actúa como apoderado judicial de la ciudadana Beiglys Aracelis Prada, mediante el cual solicita reponer la causa al estado de que se sustancien y provean los dos recursos de apelación ejercidos ante el Tribunal a-quo. Este Juzgador se pronuncia: Siendo que efectivamente el recurso de apelación fue ejercido por ambas partes, debe este juzgador a los fines de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa consagrada en el artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela reponer la causa al estado de librar notificación a los ciudadanos Beigleys Aracelis Prada, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.694.122 y al ciudadano Dever Francisco Osorio González, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.562.440, en la cartelera del Tribunal a los fines de imponerlos de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral. En consecuencia, este Tribunal fija la audiencia oral de apelación para el día martes 27 de marzo de 2012, a las 09:30 a.m, por lo que, al día de despacho siguiente al presente, comenzará a transcurrir el lapso de cinco (05) días de despacho, para que presenten sus escritos fundados sobre la apelación, de lo contrario se considerara perecido el recurso, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 488-A de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes (LOPNNA). Cúmplase.-
El JUEZ SUPERIOR (T)
ABG. ALEXANDER LOPEZ DELEON
LA SECRETARIA
ABG. DIOSA CARELIS BRAVO
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