REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 26 de Marzo de 2012
201º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2011-000353
ASUNTO : IP01-D-2011-000353


El día de hoy, Lunes 26 de Febrero de 2012, se encontraba fijada Audiencia Oral en el presente asunto a fin de Imponer el cumplimiento de las obligaciones que le fueran impuestas, en la causa que se sigue en contra del adolescente sancionado, Josma Israel Álvarez Romero, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas , en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, en virtud de Resolución dictada en fecha 11-11-2011, quien fue sancionado a cumplir las sanciones de Reglas De Conducta y Libertad Asistida específicamente (09) meses establecidos en cinco (05) meses de Libertad Asistida y Cuatro (04) Meses de Regles de Conducta, prevista en el artículo 620 literales “b” y “d”, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por cuanto el adolescente sancionado debe conocer el cómputo definitivo de la sanción a cumplir de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente , en consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al adolescente Josma Israel Álvarez Romero, venezolano, soltero, de diecisiete años de edad, nacido en fecha 23/11/1993, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 21.649.482, residenciado en el Sector 05, casa S/N Antiguo Aeropuerto Municipio Carirubana Estado Falcón; la sanción que le fue decretada en fecha 11-11--2011, por el Tribunal Segundo del Municipio Carirubana del Estado Falcón; quien fue sancionado a cumplir las sanciones de Reglas De Conducta y Libertad Asistida específicamente (09) meses establecidos en cinco (05) meses de Libertad Asistida y Cuatro (04) Meses de Regles de Conducta, prevista en el artículo 620 literales “b” y “d”, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. por las cuales tendrá como fecha de inicio 26-03-12 y como fecha de culminación el 26-08-12, se le informó al adolescente que debía presentarse ante el IDENA, en el Departamento de Libertad Asistida a los fines de recibir la debida orientación social, psicológica, psiquiátrica. Unas vez cumplidas esta sanción se le impondrá de las Reglas de Conductas. Remítase Copia de la presente Resolución al IDENA. Cúmplase

. Abg. Nirvia Gómez González
Jueza de Ejecución
Sección Penal Adolescente



La Secretaria
Abg. Nilda María Cuervo