REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: 24 de mayo de 2012
AÑOS: 201° Y 153°
EXPEDIENTE 2012-2533
Vista la diligencia de fecha 23 de mayo de 2012, suscrita por el Ciudadano JUAN JOSE PRIMERA CARRASQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.808.952, actuando con el carácter de Presidente de la instancia de administración de la Asociación Cooperativa de Transporte de Carga Punto Fijo R.L., asistido del abogado ANGREGORY ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 148.499, por la cual desiste del procedimiento de COBRO DE BOLIVARES instaurado en el presente juicio, y solicita la devolución de las facturas originales presentadas con el libelo marcadas con los Nos. 01 al 18, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACTO DE DESISTIMIENTO PASÁNDOLO CON EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese los documentos solicitados los cuales se encuentran resguardados en la caja fuerte del tribunal, evidenciándose en el expediente que en su lugar se encuentran copias fotostáticas certificadas. Archívese el expediente. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en el Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil doce. Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZA

Abg. OSIRIS BENITEZ PETIT
LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER.
NOTA: En ésta misma fecha se entregaron las facturas originales al solicitante y se procedió al archivo del expediente. Conste. Fecha ut-supra.
LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER