REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 25 DE MAYO DEL 2.012.
AÑOS: 201º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: PABLO ADELMIRO RIVERO GIRAN, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.766.371, venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil domiciliado en Maparari, Parroquia Maparari, Municipio Federación asistido por el abogado en ejercicio JAVIER MONTAÑEZ, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 157.456, titular de la cédula de identidad N° V- 6.295.680, con domicilio procesal en la calle municipal entre San Rafael y San Antonio, sector La Planta, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón; visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: PABLO ADELMIRO RIVERO GIRAN, sobre: una bienhechuria constante de: Una (01) casa construida con paredes de adobe, piso de cemento pulido, techo de zinc, puertas y ventanas de madera, consta de un (01) dormitorio, sala, comedor, cocina y lavadero. Dicha construcción tiene una medida de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42M2) enclavada en terrenos Municipal sobre una superficie de MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (1.155,50 M2), totalmente cercada con estantillos de maderas y alambre de púas ubicada en el Sector El Valle, Parroquia Maparari del Municipio Federación del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos generales:
NORTE: Con propiedad del Sr. Dionicio Navas.
SUR: Con Propiedad de Milagros Salones.
ESTE: Con Calle que conduce al Sector El Valle.
OESTE: Con Propiedad de Teresa Serbita.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTICINCO (25) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL DOCE. (25-05-2.012) AÑOS: 201° Y 153°.

EL JUEZ

ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA
ABOG. KARINA ARCAYA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.