REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 16/04/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 05 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión, recibido mediante Oficio Nº 090-2012, de fecha 09/04/2012, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 062-2012 llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana SOFIA CAMMARANO DE CAPOBIANCO, venezolana mayor de edad, titular de cedula de identidad N° 5.293.129, asistida por la Abgs. MARIA CAROLINA GARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N°. 113.397, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud.Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 24/04/2012 se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrito por la ciudadana SOFIA CAMMARANO DE CAPOBIANCO, asistida por el Abg. EDGAR GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 13.809.
En virtud de la solicitud formulada, y jurada como ha sido la urgencia, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en un edificio denominado “Agustín Codazzi” ubicado en la Calle Zamora, Esquina Callejón Cristal, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, a fin de darle cumplimiento a la práctica de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día acordado en autos, a las 02:00 p.m.
En fecha 27/04/2012 se dicta auto proveyendo la diligencia y pedimento contenido, suscrita por la ciudadana SOFIA CAMMARANO DE CAPOBIANCO, titular de la cedula de identidad N° 5.293.129, debidamente asistida por el Abg. JOSE LUIS ROMERO COBIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 171.264, donde solicita a este Tribunal en virtud de las razones expuestas en su diligencia, se fije nueva oportunidad para la práctica de la Inspección Judicial, la cual se encontraba fijada para el día de hoy.
En consecuencia este Ejecutor, vista la solicitud formulada por la diligenciante, provee de conformidad y, acuerda fijarla nuevamente. Se designa como Perito Avaluador al ciudadano Ing. Alirio L. Puche N. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 30/04/2012 se levanta Acta mediante la cual este Ejecutor se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, con la ciudadana SOFIA CAMMARANO DE CAPOBIANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.293.129, asistida por el abogado JOSE LUIS ROMERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 171.264, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por la ciudadana SOFIA CAMMARANO DE CAPOBIANCO, ya identificada;Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio de la solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Edificio Agustín Codazzi, ubicado en la Calle Zamora, Esquina Callejón Cristal, de esta ciudad de Santa Ana de Coro Municipio Miranda. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda, procedió a designar como Experto al ciudadano ING. ALIRIO PUCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-1.056.220, de profesión Ingeniero Civil, quien estando presente y tomado el juramento de ley, jura cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado. Encontrándose este Tribunal constituido en dicha dirección, se procedió a notificar de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Exhorto por la Jueza Ejecutora de Medidas al ciudadano VIRGILIO ANTONIO DE GOUVEIA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 4.795.394, en su carácter de Gerente del Hotel Coro. Seguidamente, este Órgano Jurisdiccional procedio a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección y el perito designado tomo fotografias y presentera el informe respecvtivo en un plazo de 3 dias habiles.
En fecha 04/05/2012 se dicta auto mediante el cual se recibe escrito presentado por el experto designado, mediante el cual consigna informe y fotografias realcionadas con la inspeccion, constante de 17 folios utiles. En la misma fecha se libro oficio Nro. 137/2012 remitiendola al comitente, constante de 37 folios utiles,