REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 04/05/2012 se dicta auto dandole entrada a Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 05 folios útiles, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 080-2012, llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana NADIA MOUZABER TABAN, titular de la cedula de identidad N° 7.376.447, debidamente asistida por el Abg. JESÚS ELVIDIO VIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.999, y en él que se exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado. Una vez cumplido el presente Exhorto, devuélvase original con sus resultas al Tribunal de Origen.-
En fecha 07/05/2012 se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrito por el Abg. Abg. JESÚS ELVIDIO VIVAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº18.999, asitiendo a la ciudadana NADIA MOUZABER TABAN, constante de un (01) folio útil. Agréguese a los autos.-
En virtud de la solicitud formulada, y jurada como ha sido la urgencia, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en el sitio donde lo indique la parte interesada, a fin de darle cumplimiento a la práctica de la medida conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día de hoy 07/05/2012, a las 02.p.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha07/05/2012 se levanta Acta mediante la cual este Ejecutor se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, con la ciudadana NADIA MOUZABER TABAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.376.447, asistida por el abogado JESÚS ELVIDIO VIVAS PADILLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.999 con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por la ciudadana NADIA MOUZABER TABAN, ya identificada; el citado exhorto es librado a este Ejecutor de Medidas sustentado en el artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la práctica de la referida Inspección Judicial. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio de la solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Un Local Comercial, signado con el N° PB-42, con baño en el Centro Comercial COSTA AZUL, el cual se encuentra ubicado en la Avenida Independencia, esquina Callejón Jurado, de esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda, procedió a designar como Expertos a los ciudadanos ELIETT COROMOTO GUTIERREZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número V-3.674.623, de profesión Fotógrafa, y al ciudadano Técnico Superior en construcción GUSTAVO ALFREDO UGARTE RAFFE, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad número V-7485587, quienes estando presente y tomado el juramento de ley, juran cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual han sido designados. Encontrándose este Tribunal constituido en dicha dirección, no se notifica de la misión del Tribunal a ninguna persona, por que el local estaba cerrado, haciendo apertura del mismo la solicitante ciudadana NADIA MOUZABER TABAN. Seguidamente, este Órgano Jurisdiccional procedio a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección y que se le tomo fotografias al inmueble y mercancia inspeccionado.
En fecha 08/05/2012 se dicta auto mediante el cual se recibe escrito de experto consignando fotografias relacionadas con la inspeccion. En la misma fecha se libro oficio Nro 142/2012 remitiendola cumplida constante de 27 folios utiles.