REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 20/04/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Cabimas, constante de 01 folio útil, remitido con Oficio Nº 36720-401-12, de fecha 23/03/2012; librado en el Juicio de DIVORCIO; seguido por MIRTHA CLARET PALMA, en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL NUÑEZ, y en el que se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales y Fideicomiso, que le puedan corresponder al demandado de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento, se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 07/05/2012 se dicta auto proveyendo diligencia de fecha y pedimento contenido, suscrito por la Abg. MARÍA SANCHEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.072, actuando con el carácter que consta en autos, constante de un (01) folio útil. Agréguese a los autos.-
En virtud de la solicitud formulada, y jurada como ha sido la urgencia, este Tribunal provee de conformidad, y ordena su traslado y constitución en el sitio donde lo indique la parte interesada, a fin de darle cumplimiento a la práctica de la medida conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día de hoy 07/05/2012, a las 09:00 a.m.
En fecha 07/05/2012 se levanta mediante la cual este Ejecutor se trasladó y constituyó en Edificio Rectorado de la Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda, a solicitud de la Abg. María Sánchez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.072, Apoderada Judicial de la ciudadana MIRTHA CLARET PALMA, a los fines de darle cumplimiento a la Medida de Embargo Preventivo, se notificó de la misión del Tribunal por la Jueza Ejecutora de Medidas a la Licenciada ADRIANA ROSARIO BOSCARINO BERTO, quien es la Directora de Recursos Humanos, asistida en este acto por la Abogada HELIANA DEL CARMEN BARROETA RUIZ, inscrita en el Inpreabogado N° 89.982, consigna poder. Seguidamente a esta Jueza le fue facilitado por parte de la notificada el Expediente del demandado, así como también consigna en este acto constante de tres (3) folios útiles nomina del salario que devenga el demandado, con sello húmedo de la Institución. Seguidamente, este TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dándole cumplimiento al Despacho señalado, DECLARA LEGAL Y PREVENTIVAMENTE EMBARGADO EL CINCUENTA POR CIENTO 50% DE LAS PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEIOCOMISO que le puedan corresponder al demandado de autos, con ocasión a la terminación de su relación laboral, sea por despido, retiro, muerte, jubilación o cualquier otra causa, y una vez que se de cualquiera de estas circunstancias, la institución hará la retención antes señalada y la remitirá mediante Cheque de Gerencia a nombre del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Practicada como ha sido la presente Medida conferida a este Ejecutor, se ordena remitir las resultas de la misma al Tribunal de Origen. Finalmente, siendo las Diez horas con veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.), este Tribunal da por concluido el presente acto y ordena su reconstitución a su sede natural.
En fecha 08/05/2012 se libro oficio Nro. 140/2012 remitiendola al comitente constante de 14 folios utiles, debidamente cumplida.