REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, ocho de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: IP31-V-2012-000026
En el día de hoy, 08 de mayo de 2012, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijado para llevarse a cabo la celebración de la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ello en virtud de la demanda de Liquidación de Comunidad Conyugal que intentara por la ciudadana IVETTE DANIELA MEDINA MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula identidad Nº 12.495.140, en contra del ciudadano ALENJANDRO JOSE LEAL, titular de la cédula de identidad Nº 9.509.166. En este estado se deja constancia de la INCOMPARECENCIA de la ciudadana IVETTE DANIELA MEDINA MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula identidad Nº 12.495.140, ni por si ni por medio de apoderado y la comparecencia de los abogados Ivan Cabrera Chirino y Numa Miranda Hidalgo Inpreabogados Nros. 97.890 y 35.748 respectivamente, actuando como apoderados judiciales del ciudadano ALENJANDRO JOSE LEAL. Ahora bien, actuando a tenor de lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con sede en Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la extinción de la causa por desistimiento del procedimiento por parte de los solicitantes, y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se faculta al secretario de este despacho para que realice las certificaciones respectivas y se ordena el desglose de los documentos originales consignados, colocando en su lugar copias certificadas de los mismos. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.


La Jueza



Dra. Jenny Rodríguez Lamón


Dr. Ivan Cabrera Chirino




Dr. Numa Miranda Hidalgo


El Secretario

Abg. Ignacio Hidalgo