Vista diligencia de fecha siete (07) de mayo de 2012, presentada por los ciudadanos ZORELIS EMILIA CHIRINOS DE ROMERO y ISMAEL ANTONIO ROMERO AGUIRRE, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.107.578 y V-10.700.977, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio DAGNYS LUGO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 181.828, mediante la cual DESISTEN de la presente causa.
Actuando a tenor de lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños Niñas y Adolescente del Circuito de Protección del estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se decreta la extinción de la causa por desistimiento del procedimiento por parte de la solicitante, y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, se faculta a la secretaria de este despacho para que realice las certificaciones respectivas y se ordena el desglose de los documentos originales consignados, colocando en su lugar copias certificadas de los mismos. Se ordena el cierre y archivo del expediente.
La Jueza
Abg. Jenny Rodríguez Lamón
El Secretario
Abg. Ignacio Hidalgo
JRL/jr
|