REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo,
Punto Fijo, veinticuatro de mayo de dos mil doce
202º y 153º


El día de hoy, veintitrés (23) de mayo de dos mil doce (2012), siendo las 09:40 de la mañana, día y hora fijado por este Tribunal de Juicio de del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Oral y Pública de Juicio, en el asunto IP31-V-2012-000017, con motivo demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, que tiene incoada el ciudadano ALEJANDRO ANTONIO TREJO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.016.363, asistido por la abogado LUIS MANUEL HERNANDEZ NAVARRO, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº 5.584.586, con número de IPSA Nº 154.265, en contra de la ciudadana Maire Lourdes Escalona Mavarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.850.679. Se apertura formalmente el Acto por el ciudadano Juez ABG. ALEXANDER LÓPEZ DELEÓN, de conformidad con lo establecido en el articulo 484 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y es constatada la asistencia de las partes por la Secretaria de la Sala de Juicio de este Tribunal, ABG. ADRIANA MORENO ATACHO, dejándose constancia de la comparecencia de la Representación Fiscal Abg. Maria Gabriela Reyes así como también se deja constancia de la no comparecencia de las partes intervinientes ni por si ni por medio de apoderados judiciales. En ese sentido toma la palabra el ciudadano juez Dr. Alexander López Deleon quien expone: Vista la falta de comparecencia de las partes en la presente causa este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara el desistimiento de la causa de conformidad con el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo aplicada de manera supletoria. En tal sentido se ordena el cierre y archivo de la presente causa, Quedan notificadas las partes de la presente decisión. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Cúmplase.-
EL JUEZ DE JUICIO,
ABG. ALEXANDER LÓPEZ DELEÓN





REPRESENTACION FISCAL

ABG. MARIA GABRIELA REYES CHIRINO






LA SECRETARIA

ABG. ADRIANA MORENO ATACHO